Beginning
Animales limpios e inmundos
11 Habló Jehová a Moisés y a Aarón, diciéndoles:
2 Hablad a los hijos de Israel y decidles: Estos son los animales que comeréis de entre todos los animales que hay sobre la tierra.
3 De entre los animales, todo el que tiene pezuña hendida y que rumia, éste comeréis.
4 Pero de los que rumian o que tienen pezuña, no comeréis éstos: el camello, porque rumia pero no tiene pezuña hendida, lo tendréis por inmundo.
5 También el conejo, porque rumia, pero no tiene pezuña, lo tendréis por inmundo.
6 Asimismo la liebre, porque rumia, pero no tiene pezuña, la tendréis por inmunda.
7 También el cerdo, que tiene pezuñas hendidas, pero no rumia, lo tendréis por inmundo.
8 De la carne de ellos no comeréis, ni tocaréis su cuerpo muerto; los tendréis por inmundos.
Animales acuáticos
9 Esto comeréis de todos los animales que viven en las aguas: todos los que tienen aletas y escamas en las aguas del mar, y en los ríos, estos comeréis.
10 Pero todos los que no tienen aletas ni escamas en el mar y en los ríos, así de todo lo que se mueve como de toda cosa viviente que está en las aguas, los tendréis en abominación.
11 Os serán, pues, abominación; de su carne no comeréis, y abominaréis sus cuerpos muertos.
12 Todo lo que no tiene aletas y escamas en las aguas, lo tendréis en abominación.
13 Y de las aves, éstas tendréis en abominación; no se comerán, serán abominación: el águila, el quebrantahuesos, el azor,
14 el gallinazo, el milano según su especie;
15 todo cuervo según su especie;
16 el avestruz, la lechuza, la gaviota, el gavilán según su especie;
17 el búho, el somormujo, el ibis,
18 el calamón, el pelícano, el buitre,
19 la cigüeña, la garza según su especie, la abubilla y el murciélago.
Bichos alados
20 Todo volátil que anda sobre cuatro patas, tendréis en abominación.
21 Pero de todo volátil que anda sobre cuatro patas, comeréis los que tengan piernas traseras más largas para saltar sobre la tierra;
22 estos comeréis de ellos: la langosta según su especie, el langostín según su especie, el argol según su especie, y el hagab según su especie.
23 Todo insecto alado que tenga cuatro patas, tendréis en abominación.
Contacto de animales impuros
24 Y por estas cosas seréis inmundos; cualquiera que toque sus cuerpos muertos será inmundo hasta la noche,
25 y cualquiera que lleve algo de sus cadáveres lavará sus vestidos, y será inmundo hasta la noche.
26 Todo animal de pezuña, pero que no tiene pezuña hendida, ni rumia, tendréis por inmundo; y cualquiera que los toque será inmundo.
27 Y de todos los animales que andan en cuatro patas, tendréis por inmundo a cualquiera que ande sobre sus garras; y todo el que toque sus cadáveres será inmundo hasta la noche.
28 Y el que lleve sus cadáveres, lavará sus vestidos, y será inmundo hasta la noche; los tendréis por inmundos.
29 Y tendréis por inmundos a estos animales que se mueven sobre la tierra: la comadreja, el ratón, la rana según su especie,
30 el erizo, el cocodrilo, el lagarto, la lagartija y el camaleón.
31 Estos tendréis por inmundos de entre los animales que se mueven, y cualquiera que toque sus cadáveres será inmundo hasta la noche.
32 Y todo aquello sobre lo que caiga algo de ellos después de muertos, será inmundo; sea cosa de madera, vestido, piel, saco, sea cualquier instrumento con que se trabaja, será metido en agua, y quedará inmundo hasta la noche; entonces quedará limpio.
33 Toda vasija de barro dentro de la cual caiga alguno de ellos será inmunda, así como todo lo que esté en ella, y quebraréis la vasija.
34 Todo alimento que se come, sobre el cual caiga el agua de tales vasijas, será inmundo; y toda bebida que haya en esas vasijas será inmunda.
35 Todo aquello sobre lo que caiga algo del cadáver de ellos será inmundo; el horno u hornillos se derribarán; son inmundos, y por inmundos los tendréis.
36 Con todo, la pila y la cisterna donde se recogen aguas serán limpias; mas lo que haya tocado en los cadáveres será inmundo.
37 Y si cae algo de los cadáveres sobre alguna semilla que se haya de sembrar, será limpia.
38 Mas si se ha puesto agua en la semilla, y cae algo de los cadáveres sobre ella, la tendréis por inmunda.
39 Y si algún animal que tenéis para comer muere, el que toque su cadáver será inmundo hasta la noche.
40 Y el que coma del cuerpo muerto, lavará sus vestidos y será inmundo hasta la noche; asimismo el que saque el cuerpo muerto, lavará sus vestidos y será inmundo hasta la noche.
41 Y todo reptil que se arrastra sobre la tierra es abominación; no se comerá.
42 Todo lo que anda sobre el pecho, y todo lo que anda sobre cuatro o más patas, de todo animal que se arrastra sobre la tierra, no lo comeréis, porque es abominación.
43 No hagáis abominables vuestras personas con ningún animal que se arrastra, ni os contaminéis con ellos, ni seáis inmundos por ellos.
44 Porque yo soy Jehová vuestro Dios; vosotros, por tanto, os santificaréis, y seréis santos, porque yo soy santo; así que no contaminéis vuestras personas con ningún animal que se arrastre sobre la tierra.
45 Porque yo soy Jehová, que os hago subir de la tierra de Egipto para ser vuestro Dios: seréis, pues, santos, porque yo soy santo.
Conclusión
46 Esta es la ley acerca de las bestias, y las aves, y todo ser viviente que se mueve en las aguas, y todo animal que se arrastra sobre la tierra,
47 para hacer diferencia entre lo inmundo y lo limpio, y entre los animales que se pueden comer y los animales que no se pueden comer.
La purificación de la mujer después del parto
12 Habló Jehová a Moisés, diciendo:
2 Habla a los hijos de Israel y diles: La mujer cuando conciba y dé a luz varón, será inmunda siete días; conforme a los días de su menstruación será inmunda.
3 Y al octavo día se circuncidará al niño.
4 Mas ella permanecerá treinta y tres días purificándose de su sangre; ninguna cosa santa tocará, ni vendrá al santuario, hasta cuando sean cumplidos los días de su purificación.
5 Y si da a luz hija, será inmunda dos semanas, conforme a su separación, y sesenta y seis días estará purificándose de su sangre.
6 Cuando los días de su purificación se hayan cumplido, por hijo o por hija, traerá un cordero de un año para holocausto, y un palomino o una tórtola para expiación, a la puerta del tabernáculo de reunión, al sacerdote;
7 y él los ofrecerá delante de Jehová, y hará expiación por ella, y será limpia del flujo de su sangre. Esta es la ley para la que da a luz hijo o hija.
8 Y si no tiene lo suficiente para un cordero, tomará entonces dos tórtolas o dos palominos, uno para holocausto y otro para expiación; y el sacerdote hará expiación por ella, y será limpia.
Leyes acerca de la lepra
13 Habló Jehová a Moisés y a Aarón, diciendo:
2 Cuando el hombre tenga en la piel de su cuerpo hinchazón, o erupción, o mancha blanca, y haya en la piel de su cuerpo como llaga de lepra, será traído a Aarón el sacerdote o a uno de sus hijos los sacerdotes.
3 Y el sacerdote mirará la llaga en la piel del cuerpo; si el pelo en la llaga se ha vuelto blanco, y parece la llaga más profunda que la piel de la carne, llaga de lepra es; y el sacerdote le reconocerá, y le declarará inmundo.
4 Y si en la piel de su cuerpo hay mancha blanca, pero que no parece más profunda que la piel, ni el pelo se ha vuelto blanco, entonces el sacerdote encerrará al llagado por siete días.
5 Y al séptimo día el sacerdote lo mirará; y si la llaga conserva el mismo aspecto, no habiéndose extendido en la piel, entonces el sacerdote le volverá a encerrar por otros siete días.
6 Y al séptimo día el sacerdote le reconocerá de nuevo; y si parece haberse oscurecido la llaga, y que no ha cundido en la piel, entonces el sacerdote lo declarará limpio: era erupción; y lavará sus vestidos, y será limpio.
7 Pero si se ha extendido la erupción en la piel después que él se mostró al sacerdote para ser limpio, deberá mostrarse otra vez al sacerdote.
8 Y si reconociéndolo el sacerdote ve que la erupción se ha extendido en la piel, lo declarará inmundo: es lepra.
Lepra arraigada
9 Cuando haya llaga de lepra en el hombre, será traído al sacerdote.
10 Y éste lo mirará, y si aparece tumor blanco en la piel, el cual haya mudado el color del pelo, y se descubre asimismo la carne viva,
11 es lepra crónica en la piel de su cuerpo; y le declarará inmundo el sacerdote, y no le encerrará, porque es inmundo.
12 Mas si brota la lepra cundiendo por la piel, de modo que cubra toda la piel del llagado desde la cabeza hasta sus pies, hasta donde pueda ver el sacerdote,
13 entonces éste le reconocerá; y si la lepra ha cubierto todo su cuerpo, declarará limpio al llagado; toda ella se ha vuelto blanca, y él es limpio.
14 Mas el día que aparezca en él la carne viva, será inmundo.
15 Y el sacerdote mirará la carne viva, y lo declarará inmundo. Es inmunda [cuando aparece][a] la carne viva; es lepra.
16 Mas cuando la carne viva cambie y se vuelva blanca, entonces vendrá al sacerdote,
17 y el sacerdote mirará; y si la llaga se ha vuelto blanca, el sacerdote declarará limpio al que tenía la llaga, y será limpio.
Divieso
18 Y cuando en la piel de la carne haya divieso, y se sane,
19 y en el lugar del divieso haya una hinchazón, o una mancha blanca rojiza, será mostrado al sacerdote.
20 Y el sacerdote mirará; y si parece estar más profunda que la piel, y su pelo se ha vuelto blanco, el sacerdote lo declarará inmundo; es llaga de lepra que se originó en el divieso.
21 Y si el sacerdote la considera, y no aparece en ella pelo blanco, ni es más profunda que la piel, sino oscura, entonces el sacerdote le encerrará por siete días;
22 y si se va extendiendo por la piel, entonces el sacerdote lo declarará inmundo; es llaga leprosa.
23 Pero si la mancha blanca se está en su lugar, y no se ha extendido, es la cicatriz de úlcera curable, y el sacerdote lo declarará limpio.
24 Asimismo cuando haya en la piel del cuerpo quemadura de fuego, y haya en lo sanado del fuego mancha blanquecina, rojiza o blanca,
25 el sacerdote la mirará; y si el pelo se ha vuelto blanco en la mancha, y ésta parece ser más profunda que la piel, es lepra que salió en la quemadura; y el sacerdote lo declarará inmundo, por ser llaga de lepra.
26 Mas si el sacerdote la mira, y no aparece en la mancha pelo blanco, ni es más profunda que la piel, sino que está oscura, le encerrará el sacerdote por siete días.
27 Y al séptimo día el sacerdote la reconocerá; y si se ha ido extendiendo por la piel, el sacerdote lo declarará inmundo; es llaga de lepra.
28 Pero si la mancha se está en su lugar, y no se ha extendido en la piel, sino que está oscura, es la cicatriz de la quemadura; el sacerdote lo declarará limpio, porque señal de la quemadura es.
29 Y al hombre o mujer que le salga llaga en la cabeza, o en la barba,
30 el sacerdote mirará la llaga; y si parece ser más profunda que la piel, y el pelo de ella es amarillento y delgado, entonces el sacerdote le declarará inmundo; es tiña, es lepra de la cabeza o de la barba.
31 Mas cuando el sacerdote haya mirado la llaga de la tiña, y no parezca ser más profunda que la piel, ni haya en ella pelo negro, el sacerdote encerrará por siete días al llagado de la tiña;
32 y al séptimo día el sacerdote mirará la llaga; y si la tiña no parece haberse extendido, ni hay en ella pelo amarillento, ni parece la tiña más profunda que la piel,
33 entonces le hará que se rasure, pero no rasurará el lugar afectado; y el sacerdote encerrará por otros siete días al que tiene la tiña.
34 Y al séptimo día mirará el sacerdote la tiña; y si la tiña no ha cundido en la piel, ni parece ser más profunda que la piel, el sacerdote lo declarará limpio; y lavará sus vestidos y será limpio.
35 Pero si la tiña se ha ido extendiendo en la piel después de su purificación,
36 entonces el sacerdote la mirará; y si la tiña ha cundido en la piel, no busque el sacerdote el pelo amarillento; es inmundo.
37 Mas si le parece que la tiña está detenida, y que ha salido en ella el pelo negro, la tiña está sanada; él está limpio, y limpio lo declarará el sacerdote.
38 Asimismo cuando el hombre o la mujer tenga en la piel de su cuerpo manchas, manchas blancas,
39 el sacerdote mirará, y si en la piel de su cuerpo aparecen manchas blancas algo oscurecidas, es empeine que brotó en la piel; está limpia la persona.
40 Y el hombre, cuando se le caiga el cabello, es calvo, pero limpio.
41 Y si hacia su frente se le cae el cabello, es calvo por delante, pero limpio.
42 Mas cuando en la calva o en la antecalva hay llaga blanca rojiza, lepra es que brota en su calva o en su antecalva.
43 Entonces el sacerdote lo mirará, y si la hinchazón de la llaga blanca rojiza en su calva o en su antecalva tiene el aspecto de la lepra de la piel del cuerpo,
44 leproso es, es inmundo, y el sacerdote lo declarará luego inmundo; en su cabeza tiene la llaga.
45 Y el leproso en quien haya llaga llevará vestidos rasgados y su cabeza descubierta, y embozado gritará: ¡Inmundo!, ¡inmundo!
46 Todo el tiempo que la llaga esté en él, será inmundo; estará impuro, y habitará solo; fuera del campamento será su morada.
47 Cuando en un vestido haya plaga de lepra, ya sea vestido de lana, o de lino,
48 o en urdimbre o en trama de lino o de lana, o en cuero, en cualquier obra de cuero;
49 y la plaga es verdosa, o rojiza, en vestido o en cuero, en urdimbre o en trama, o en cualquier obra de cuero; plaga es de lepra, y se ha de mostrar al sacerdote.
50 Y el sacerdote mirará la plaga, y encerrará la cosa plagada por siete días.
51 Y al séptimo día mirará la plaga; y si se ha extendido la plaga en el vestido, en la urdimbre o en la trama, en el cuerpo, o en cualquier obra que se hace de cuero, lepra maligna es la plaga; inmunda será.
52 Será quemado el vestido, la urdimbre o trama de lana o de lino, o cualquiera obra de cuero en que haya tal plaga, porque lepra maligna es; al fuego será quemada.
53 Y si el sacerdote mira, y no parece que la plaga se haya extendido en el vestido, en la urdimbre o en la trama, o en cualquier obra de cuero,
54 entonces el sacerdote mandará que laven donde está la plaga, y lo encerrará otra vez por siete días.
55 Y el sacerdote mirará después que la plaga haya sido lavada; y si parece que la plaga no ha cambiado de aspecto, aunque no se haya extendido la plaga, inmunda es; la quemarás al fuego; es corrosión penetrante, esté lo raído en el derecho o en el revés de aquella cosa.
56 Mas si el sacerdote la ve, y parece que la plaga se ha oscurecido después que fue lavada, la cortará del vestido, del cuero, de la urdimbre o de la trama.
57 Y si aparece de nuevo en el vestido, la urdimbre o la trama, o en cualquier cosa de cuero, extendiéndose en ellos, quemarás al fuego aquello en que esté la plaga.
58 Pero el vestido, la urdimbre o la trama, o cualquier cosa de cuero que laves, y que se le quite la plaga, se lavará segunda vez, y entonces será limpia.
59 Esta es la ley para la plaga de la lepra del vestido de lana o de lino, o de urdimbre o de trama, o de cualquier cosa de cuero, para que sea declarada limpia o inmunda.
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