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Aceite para las lámparas(A)

24 El Señor habló con Moisés, y le dijo:

«Manda a los hijos de Israel que te traigan aceite puro de oliva para el alumbrado, para mantener las lámparas encendidas siempre. Aarón pondrá las lámparas delante de mí en el tabernáculo de reunión, fuera del velo del testimonio, desde la tarde hasta el amanecer. Éste es un estatuto perpetuo para sus descendientes. Las pondrá siempre en orden delante de mí, sobre el candelero limpio.

El pan de la proposición

»Tomarás flor de harina, y con ella harás doce tortas, cada una con cuatro litros de harina. Las pondrás en mi presencia(B) sobre la mesa de oro puro, en dos hileras de seis panes cada una. Sobre cada hilera pondrás también incienso puro, que aromatizará el pan como ofrenda encendida en mi honor. Se trata de un pacto perpetuo. Todos los días de reposo, sin falta, Aarón pondrá el pan en orden delante de mí, de parte de los hijos de Israel. Este pan será para Aarón y sus descendientes,(C) por derecho perpetuo. Deberán comerlo en un lugar santo, porque de las ofrendas encendidas en mi honor ésta es una ofrenda muy santa.»

Castigo para la blasfemia

10 Por esos días, un hombre que era hijo de una israelita y de un egipcio, y que vivía entre los hijos de Israel, salió del campamento y se peleó con un israelita. 11 La israelita, madre de ese hombre, se llamaba Selomit, y era hija de un danita llamado Dibri. Y sucedió que ese hombre blasfemó contra el nombre del Señor y lanzó una maldición, así que lo llevaron ante Moisés 12 y lo pusieron en la cárcel, hasta tener una palabra del Señor al respecto.

13 El Señor habló con Moisés, y le dijo:

14 «Saca del campamento a ese blasfemo, para que todos los que lo oyeron maldecir pongan las manos sobre su cabeza, y toda la congregación lo apedree. 15 Habla luego con los hijos de Israel, y diles que todo el que maldiga a su Dios tendrá que cargar con su pecado; 16 que todo el que blasfeme contra mi nombre será condenado a muerte, y que toda la congregación lo apedreará. Esto vale tanto para los extranjeros como para los israelitas por nacimiento: si blasfeman contra mi Nombre, serán condenados a muerte.

17 »El que hiera de muerte a otra persona, será condenado a muerte.(D)

18 »El que hiere a un animal tendrá que restituirlo con otro animal.

19 »Al que hiera a su prójimo se le infligirá el mismo daño: 20 rotura por rotura, ojo por ojo, diente por diente.(E) Según el daño que cause a otro, será el daño que recibirá.

21 »El que hiera a un animal tendrá que restituirlo, pero el que hiera de muerte a un hombre será condenado a muerte.

22 »Un mismo estatuto se aplicará al extranjero y al israelita por nacimiento.(F) Yo soy el Señor su Dios.»

23 Y Moisés habló con los hijos de Israel, y ellos sacaron del campamento al blasfemo y lo apedrearon. Así cumplieron los hijos de Israel con lo que el Señor le había ordenado a Moisés.

El año de reposo y el año del jubileo

25 El Señor habló con Moisés en el monte Sinaí, y le dijo:

«Habla con los hijos de Israel, y diles que cuando entren en la tierra que yo les doy, la tierra deberá reposar en honor al Señor. Cultivarás la tierra durante seis años, y durante esos seis años podarás tus viñas y recogerás sus frutos, pero el séptimo año la tierra tendrá que reposar. Es un reposo en honor del Señor, y no debes cultivar tu tierra ni podar tus viñas. No podrás cosechar lo que nazca de manera natural en tu tierra segada, ni podrás recoger las uvas de tu viñedo. Será para la tierra un año de reposo, Pero durante ese reposo la tierra producirá alimento para ti y para tus siervos y siervas, y para tus criados y los extranjeros que residan contigo. Todo los frutos que la tierra produzca serán para que coman(G) tus animales y las bestias salvajes.

»Contarás además siete semanas de años, es decir, siete veces siete años, de modo que las siete semanas de años den un total de cuarenta y nueve años. Y el día diez del mes séptimo, que es el día de la expiación, ordenarás que se toque la trompeta con fuerza por todo el país. 10 El año cincuenta será declarado año sagrado, y ustedes anunciarán la libertad para todos los habitantes del país. Será para ustedes un año de jubileo, y cada uno de ustedes volverá a su familia y a su patrimonio familiar. 11 El año cincuenta será para ustedes de jubileo. No sembrarán, ni cosecharán lo que la tierra produzca de manera natural, ni vendimiarán sus viñedos. 12 Es un año de jubileo, y será para ustedes un año sagrado. Sólo podrán comer lo que la tierra produzca.

13 »En este año de jubileo cada uno de ustedes recuperará su patrimonio familiar. 14 Si venden algo a su prójimo, o le compran, no se hagan trampa. 15 Una vez pasado el jubileo, comprarás de tu prójimo según el número de años transcurridos, y él te venderá a ti según el número de cosechas que haya recogido. 16 El precio aumentará o disminuirá, dependiendo del número de años transcurridos, porque lo que él te venderá es el número de cosechas.

17 »No se hagan trampas el uno al otro. Al contrario, demuestren que tienen temor de mí, porque yo soy el Señor su Dios.

18 »Cumplan con mis estatutos y ordenanzas. Pónganlos en práctica, y habitarán tranquilos en el país; 19 la tierra dará sus frutos, y ustedes comerán hasta saciarse y habitarán tranquilos en ella. 20 Y si acaso se preguntan: “¿Y qué vamos a comer el séptimo año, si no vamos a sembrar ni a cosechar nuestros productos?”, 21 yo los bendeciré el sexto año, y la tierra dará frutos para tres años. 22 Así en el año octavo ustedes sembrarán, y mientras tanto comerán del fruto añejo hasta el año noveno, y tendrán comida hasta que puedan cosechar.

23 »La tierra no podrá venderse a perpetuidad, porque la tierra es mía. Ustedes son, para mí, forasteros y extranjeros. 24 Por lo tanto, en toda la tierra que ustedes posean, deberán conceder el derecho a rescatarla.

25 »Si tu hermano empobrece, y vende alguna posesión suya, su pariente más cercano podrá acudir al rescate de lo que su hermano haya vendido.

26 »Si el que vendió no tiene quien pague el rescate, pero consigue lo suficiente para pagarlo, 27 contará los años transcurridos desde la venta y pagará la diferencia al comprador, y la propiedad volverá a sus manos. 28 Pero si no consigue lo suficiente para recuperar la propiedad, ésta se quedará hasta el año del jubileo en poder del que la compró, y en el año del jubileo podrá volver a su posesión.

29 »El que venda una casa habitable en una ciudad amurallada tendrá el derecho de redimirla durante un año a partir de la venta; un año será el tiempo límite para poder redimirla. 30 En caso de que la casa en la ciudad amurallada no sea rescatada en el término de un año, no quedará liberada en el jubileo, sino que se quedará para siempre en poder del que la compró y de sus descendientes.

31 »Las casas en aldeas no amuralladas serán consideradas como un terreno en el campo, y podrán ser rescatadas y quedarán liberadas en el jubileo.

32 »En cuanto a las ciudades de los levitas, éstos podrán rescatar en cualquier momento las casas que estén en las ciudades de su posesión. 33 Si alguien le compra a un levita, en el jubileo saldrá de la casa vendida, o de la ciudad de su posesión, puesto que las casas de las ciudades de los levitas son la posesión de ellos entre los hijos de Israel.

34 »Los terrenos ejidales de sus ciudades no se venderán, porque son su posesión perpetua.

35 »Si tu hermano empobrece y busca tu ayuda, tú lo ampararás; vivirá contigo(H) como si fuera un forastero y extranjero. 36 Si le prestas dinero, no le pedirás que te pague intereses o ganancias; al contrario, tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo. 37 No le prestarás dinero ni víveres a la manera de los usureros.(I) 38 Yo soy el Señor su Dios, que los sacó de la tierra de Egipto para darles la tierra de Canaán y para ser su Dios.

39 »Si tu hermano empobrece, y estando contigo te pide comprarlo, no lo tratarás como a un esclavo. 40 Vivirá contigo como criado y como extranjero, y te servirá hasta el año del jubileo. 41 Ese año saldrá libre de tu casa, junto con sus hijos, para volver a su familia y reintegrarse a la propiedad de sus padres. 42 Y es que ellos son mis siervos. Yo los saqué de la tierra de Egipto, así que no serán vendidos como esclavos. 43 No lo tratarás con crueldad, sino que tendrás temor de tu Dios.

44 »Si llegas a tener esclavos y esclavas, cómpralos de los pueblos a tu alrededor. 45 También podrás comprar a los hijos de los forasteros que vivan entre ustedes y a los de las familias de esclavos que nazcan entre ustedes. A ellos podrán tenerlos como su posesión, 46 y podrán dejárselos a sus hijos después de ustedes como herencia. Serán su posesión hereditaria, y para siempre serán sus esclavos, pero no serán los amos de sus hermanos israelitas, ni los tratarán con crueldad.(J)

47 »Si el forastero o el extranjero que viva contigo llega a ser rico, y tu hermano que está junto a él empobrece y se vende como esclavo a ese forastero o extranjero, o a alguno de su familia, 48 después de haberse vendido podrá ser rescatado por alguno de sus hermanos, 49 sea éste su tío o su sobrino, o un pariente cercano de su familia. Cualquiera de ellos podrá rescatarlo y, si sus medios lo permiten, hasta él mismo podrá rescatarse. 50 Hará la cuenta con el que lo compró, desde el año en que se vendió a él hasta el año del jubileo, y el precio de su venta habrá de calcularse conforme al número de años, y el tiempo que estuvo con él se calculará como si todo ese tiempo hubiera estado asalariado. 51 Si aún faltan muchos años para su rescate, del dinero por el que se vendió devolverá la cantidad correspondiente a esos años. 52 Pero si falta poco tiempo para el año del jubileo, entonces hará un cálculo y devolverá al comprador el rescate correspondiente a esos años.

53 »Ustedes no deberán permitir que el comprador lo trate con crueldad, sino que deberá tratarlo como al que trabaja por un salario anual. 54 Si el que se vendió no es rescatado durante esos años, en el año del jubileo obtendrá su libertad, junto con sus hijos. 55 Porque los hijos de Israel son mis siervos. Yo los saqué de la tierra de Egipto. Yo soy el Señor su Dios.