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Si alguien hace una promesa al Señor o se impone con juramento una obligación a sí mismo, no quebrantará su palabra, sino que cumplirá aquello a lo que se comprometió.

Si una mujer, que es aún joven y reside en la casa de su padre, hace una promesa al Señor, y su padre, conocedor de la promesa y de la obligación que ha asumido, no pone objeción a ello, todas las promesas de la joven serán firmes y los compromisos que haya asumido serán válidos.

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