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18 pero si lo hace después del año de jubileo, entonces el valor será calculado en proporción al número de años que falten para el próximo jubileo.

19 »Si la persona decide recuperar el campo, pagará el veinte por ciento sobre lo establecido por el sacerdote, y el campo volverá a su poder. 20 Pero si decide no recuperarlo o si ha vendido el campo a otra persona y ha dado al Señor sus derechos en el año de jubileo, no le será devuelto.

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