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26 Si ese hombre no tiene quien se lo rescate, pero consigue lo suficiente para rescatarlo él mismo, 27 entonces contará los años desde su venta y pagará el resto al hombre a quien se lo vendió. Así volverá él a su posesión. 28 Pero si no consigue lo suficiente para rescatarla, la propiedad quedará en poder del comprador hasta el año del jubileo. Entonces quedará libre en el jubileo, y volverá a su posesión.

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