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29 »Éste será un estatuto perpetuo para ustedes y para los extranjeros que vivan entre ustedes: El día diez del mes séptimo deberán ayunar, y no podrán realizar ningún trabajo. 30 Ese día se hará expiación por ustedes,(A) y así delante del Señor quedarán limpios de todos sus pecados. 31 Ese día será para ustedes un día de reposo y de ayuno. Es un estatuto perpetuo.

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