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46 Y cualquiera que hubiere entrado en aquella casa durante los días en que estuvo clausurada, quedará impuro hasta la noche. 47 Igualmente, el que haya dormido o comido en dicha casa, deberá lavar sus ropas.

48 Pero si el sacerdote entra y, al examinar la casa, observa que las manchas no se han extendido después que la casa fue recubierta, declarará pura la casa, porque la infección ha desaparecido.

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