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54 entonces el sacerdote mandará que laven donde está la mancha, y lo encerrará otra vez por siete días.

55 »Después que la mancha haya sido lavada, el sacerdote la examinará, y si ve que la mancha no ha cambiado de aspecto, aunque no se haya extendido, el objeto es inmundo y lo quemarás al fuego: es corrosión penetrante, esté lo raído en el derecho o en el revés de aquella cosa. 56 Pero si el sacerdote la ve, y parece que la mancha se ha oscurecido después que fue lavada, la cortará del vestido, del cuero, de la urdimbre o de la trama.

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