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»De los animales que hay en las aguas, es decir, en los mares y en los ríos, podréis comer los que tengan aletas y escamas. 10 En cambio, consideraréis inmundos todos los animales de los mares y de los ríos que no tengan aletas ni escamas, sean reptiles u otros animales acuáticos. 11 No comeréis su carne, y rechazaréis su cadáver, porque vosotros los consideraréis animales inmundos.

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