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29 »Éste será un estatuto perpetuo para ustedes y para los extranjeros que vivan entre ustedes: El día diez del mes séptimo deberán ayunar, y no podrán realizar ningún trabajo. 30 Ese día se hará expiación por ustedes,(A) y así delante del Señor quedarán limpios de todos sus pecados. 31 Ese día será para ustedes un día de reposo y de ayuno. Es un estatuto perpetuo.

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29 Y esto tendréis por estatuto perpetuo: En el mes séptimo, a los diez días del mes, afligiréis vuestras almas, y ninguna obra haréis, ni el natural ni el extranjero que mora entre vosotros. 30 Porque en este día se hará expiación por vosotros,(A) y seréis limpios de todos vuestros pecados delante de Jehová. 31 Día de reposo es para vosotros, y afligiréis vuestras almas; es estatuto perpetuo.

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