34 «Si al entrar ustedes en la tierra de Canaán, la cual les doy en propiedad, yo pongo moho infeccioso en alguna de sus casas, 35 el dueño de la casa deberá decirle al sacerdote: “En mi casa ha aparecido una especie de moho”. 36 Entonces el sacerdote, antes de entrar para examinar el moho, mandará que desocupen la casa para que no se contamine todo lo que haya en ella. Hecho esto, el sacerdote entrará a examinarla.

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34 Cuando hayáis entrado en la tierra de Canaán, la cual yo os doy en posesión, si pusiere yo plaga de lepra en alguna casa de la tierra de vuestra posesión, 35 vendrá aquel de quien fuere la casa y dará aviso al sacerdote, diciendo: Algo como plaga ha aparecido en mi casa. 36 Entonces el sacerdote mandará desocupar la casa antes que entre a mirar la plaga, para que no sea contaminado todo lo que estuviere en la casa; y después el sacerdote entrará a examinarla.

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