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34 «Cuando ustedes entren en la tierra de Canaán(A), que les doy en posesión, y Yo ponga una marca de lepra sobre una casa en la tierra de su posesión, 35 el dueño de la casa irá y le avisará al sacerdote: “Algo así como la marca de la lepra ha aparecido en mi casa(B)”. 36 El sacerdote entonces ordenará que desocupen la casa antes de que él entre para examinar la marca, a fin de que nada se contamine en la casa; y después el sacerdote entrará y examinará la casa.

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34 Cuando hayáis entrado en la tierra de Canaán, la cual yo os doy en posesión, si pusiere yo plaga de lepra en alguna casa de la tierra de vuestra posesión, 35 vendrá aquel de quien fuere la casa y dará aviso al sacerdote, diciendo: Algo como plaga ha aparecido en mi casa. 36 Entonces el sacerdote mandará desocupar la casa antes que entre a mirar la plaga, para que no sea contaminado todo lo que estuviere en la casa; y después el sacerdote entrará a examinarla.

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