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12 Todo animal acuático que no tenga aletas ni escamas será para vosotros un animal inmundo.

13 »Rechazaréis las siguientes aves y no las comeréis, porque las consideraréis animales inmundos: el águila, el quebrantahuesos, el águila marina, 14 toda clase de milanos y gavilanes,

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12 Todo lo que no tuviere aletas y escamas en las aguas, lo tendréis en abominación.

13 Y de las aves, estas tendréis en abominación; no se comerán, serán abominación: el águila, el quebrantahuesos, el azor, 14 el gallinazo, el milano según su especie;

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