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Instrucciones acerca del diezmo

22 »Cada año, sin falta, deberán ustedes apartar la décima parte de todo el grano que cosechen. 23 De esa décima parte de trigo, de vino y de aceite, y de las primeras crías de sus vacas y ovejas, comerán ustedes delante del Señor su Dios, en el lugar que él escoja como residencia de su nombre, para que aprendan a reverenciar siempre al Señor. 24 Y si el Señor los bendice, pero ustedes tienen que hacer un largo viaje para llevar esa décima parte por vivir muy lejos del lugar que el Señor ha escogido para poner allí su nombre, 25 entonces venderán ustedes esa décima parte y el dinero de la venta lo llevarán al lugar que el Señor haya escogido. 26 Con ese dinero comprarán allí lo que crean más conveniente: bueyes, ovejas, vino o cualquier bebida fermentada; en fin, lo que ustedes quieran, y lo comerán allí, delante del Señor su Dios, y harán fiesta junto con su familia.

27 »No desamparen nunca a los levitas que vivan en su población, ya que a ellos no les ha tocado tener su propia tierra como a ustedes.

28 »Cada tres años deberán ustedes apartar la décima parte de su cosecha del año, y almacenarla en su ciudad, 29 para que cuando vengan los levitas, a quienes no les ha tocado tener su propia tierra, o los extranjeros que viven entre ustedes, o los huérfanos y las viudas, puedan comer hasta quedar satisfechos. Así el Señor su Dios los bendecirá en todo lo que hagan.

El año del perdón de deudas

15 »Cada siete años perdonarás lo que otros te deban.

»Este perdón consistirá en lo siguiente: Toda persona que haya prestado algo a su prójimo, le perdonará lo que le haya prestado. Ya no deberá exigir a su prójimo o a su compatriota que le pague, porque será proclamado el año del perdón de deudas en honor del Señor. Al extranjero le podrás exigir que te pague el préstamo que le hiciste, pero a tu compatriota deberás perdonarle lo que haya recibido de ti. De esta manera no habrá pobres entre ustedes, pues el Señor tu Dios te bendecirá en el país que él te va a dar como herencia, siempre y cuando le obedezcas y pongas en práctica todos estos mandamientos que yo te he dado hoy. Sí, el Señor tu Dios te bendecirá, tal como te lo ha prometido, y tendrás para prestar a muchas naciones, pero tú no tendrás que pedir prestado; dominarás a muchas naciones, pero ellas no te dominarán a ti.

»Si hay algún pobre entre tus compatriotas en alguna de las ciudades del país que el Señor tu Dios te da, no seas inhumano ni le niegues tu ayuda a tu compatriota necesitado; al contrario, sé generoso con él y préstale lo que necesite. No des lugar en tu mente a este malvado pensamiento: “Ya está cerca el año séptimo, el año en que se perdonan las deudas”, y entonces pongas mala cara a tu compatriota que se halla en la pobreza, y no le prestes nada; porque él clamará contra ti al Señor, y tal acción se te contará como pecado. 10 Debes ayudarlo siempre y sin que te pese, porque por esta acción el Señor tu Dios te bendecirá en todo lo que hagas y emprendas. 11 Nunca dejará de haber necesitados en la tierra, y por eso yo te mando que seas generoso con aquellos compatriotas tuyos que sufran pobreza y miseria en tu país.

Leyes sobre los esclavos(A)

12 »Si alguno de tus compatriotas hebreos, sea hombre o mujer, se vende a ti como esclavo, sólo te servirá seis años; al séptimo año lo dejarás en libertad. 13 Y cuando lo despidas, no lo dejarás ir con las manos vacías, 14 sino que le darás animales de tu rebaño y mucho trigo y vino; es decir, compartirás con él los bienes que el Señor tu Dios te haya dado. 15 No olvides que también tú fuiste esclavo en Egipto, y que el Señor tu Dios te dio libertad. Por eso ahora te doy esa orden.

16 »Pero si tu esclavo dice que no quiere dejarte porque siente cariño por ti y por tu familia, y porque lo tratas bien, 17 entonces tomarás un punzón y, arrimándolo a la puerta de tu casa, le atravesarás la oreja; de esta manera será esclavo tuyo para siempre. Lo mismo harás si se trata de tu esclava. 18 No te parezca mal dejar en libertad a tus esclavos, pues durante seis años te han servido por la mitad de lo que le habrías pagado a un jornalero; además, el Señor tu Dios te bendecirá en todo lo que hagas.

Consagración de los primeros animales machos

19 »Todo primer macho que nazca de tus vacas o de tus ovejas, deberás consagrarlo al Señor tu Dios.

»No hagas trabajar al primer ternerito de tus vacas, ni esquiles al primer corderito de tus ovejas. 20 Cada año los comerás junto con tu familia y delante del Señor tu Dios, en el lugar que él haya escogido. 21 Pero si tiene algún defecto, o es cojo o ciego, o tiene cualquier otra falta, no lo presentarás en sacrificio al Señor. 22 Lo comerás en la ciudad donde vivas, y todos podrán comer de él, estén o no estén ritualmente puros, como cuando se come la carne de gacela o de ciervo. 23 Pero no debes comer su sangre, sino derramarla en la tierra como agua.

Fiestas anuales(B)

16 »Cuando llegue el mes de Abib, cumplan con la celebración de la Pascua en honor del Señor su Dios, porque fue en una noche de ese mes cuando el Señor su Dios los sacó de Egipto.

»Durante la Pascua ofrecerán vacas y ovejas en sacrificio al Señor su Dios, en el lugar que él haya escogido como residencia de su nombre.

»El animal sacrificado lo comerán con pan sin levadura. Durante siete días comerán pan sin levadura, que es el pan del sufrimiento, pues tuvieron que salir de Egipto muy aprisa; así, mientras ustedes vivan, se acordarán del día en que salieron de Egipto. En estos siete días no deberá haber levadura en todo el territorio de ustedes, y de la carne que se ofrece en sacrificio la tarde del primer día no debe quedar nada para la mañana siguiente. No deben ofrecer el sacrificio de la Pascua en cualquier ciudad de las que el Señor su Dios les da, sino únicamente en el lugar que él escoja como residencia de su nombre, y deben ofrecerlo por la tarde, al ponerse el sol, que es la hora en que ustedes salieron de Egipto. La carne ofrecida la cocerán y comerán en el lugar que el Señor su Dios haya escogido, y a la mañana siguiente regresarán a su casa. Durante seis días comerán pan sin levadura, y el día séptimo se celebrará una reunión especial en honor del Señor su Dios; ese día no deberán ustedes hacer ninguna clase de trabajo.

»Cuando hayan pasado siete semanas, a partir del día en que comenzó la cosecha de trigo, 10 celebrarán la fiesta de las Semanas en honor del Señor su Dios, y presentarán sus ofrendas voluntarias según los bienes con que el Señor su Dios los haya bendecido. 11 Y harán fiesta delante del Señor su Dios, en el lugar que él haya escogido como residencia de su nombre, junto con sus hijos y sus esclavos, y con los levitas, extranjeros, huérfanos y viudas que habiten en su población. 12 Recuerden que también ustedes fueron esclavos en Egipto; por lo tanto, pongan en práctica todas estas leyes.

13 »Una vez que hayan terminado de cosechar su trigo y de exprimir sus uvas, celebrarán durante siete días la fiesta de las Enramadas. 14 Alégrense en esta fiesta junto con sus hijos y sus esclavos, y con los levitas, extranjeros, huérfanos y viudas que vivan en su ciudad. 15 Esta fiesta la celebrarán en honor del Señor su Dios durante siete días, en el lugar que él haya escogido; porque el Señor su Dios los bendecirá en todas sus cosechas y en todo su trabajo, y serán ustedes completamente dichosos.

16 »Todos los varones deberán presentarse tres veces al año ante el Señor su Dios, en el lugar que él haya escogido, durante las siguientes fiestas: la de los Panes sin levadura, la de las Semanas y la de las Enramadas. Nadie deberá presentarse ante el Señor con las manos vacías, 17 sino que cada uno llevará sus ofrendas conforme a los bienes con que el Señor su Dios lo haya bendecido.

Reglas para administrar justicia

18 »Nombren jueces y oficiales para todas las ciudades que el Señor su Dios le va a dar a cada tribu, para que juzguen al pueblo con verdadera justicia. 19 No perviertan la justicia; no hagan ninguna diferencia entre unas personas y otras, ni se dejen sobornar, pues el soborno ciega los ojos de los sabios y pervierte las palabras de las personas justas. 20 La justicia, y sólo la justicia, es lo que ustedes deben seguir, para que vivan y posean el país que el Señor su Dios les da.

21 »No planten ningún árbol para honrar a un ídolo, ni lo pongan junto al altar del Señor su Dios. 22 No levanten piedras de culto pagano, pues esto le repugna al Señor su Dios.

17 »No ofrezcan como sacrificio al Señor su Dios ningún toro ni oveja que tenga defecto o alguna cosa mala, porque eso le es repugnante.

»Si en alguna de las poblaciones que el Señor su Dios les da se descubre que algún hombre o mujer hace lo que al Señor le desagrada, y falta a su alianza adorando a otros dioses y arrodillándose ante ellos, ya sea ante el sol, la luna o las estrellas, que es algo que el Señor no ha mandado, y si llegan a saberlo, investiguen bien el asunto; y si resulta verdad que un acto tan repugnante se ha cometido en Israel, llevarán ante el tribunal de la ciudad a quien haya cometido esta mala acción y lo condenarán a morir apedreado.

»La sentencia de muerte se dictará sólo cuando haya declaración de dos o tres testigos, pues por la declaración de un solo testigo nadie podrá ser condenado a muerte. Los testigos serán los primeros en arrojarle piedras al condenado, y después lo hará todo el pueblo. Así acabarán con el mal que haya en medio de ustedes.

»Si tienen que juzgar un caso demasiado difícil, ya sea de muerte, pleito, heridas corporales o cualquiera otra cosa que ocurra en su ciudad, vayan al lugar que el Señor su Dios haya escogido y pónganse en contacto con los sacerdotes levitas y con el juez de turno para exponerles el caso. Ellos dictarán entonces la sentencia que corresponda al caso, 10 y ustedes la aplicarán siguiendo al pie de la letra sus instrucciones. 11 Hagan todo tal y como ellos lo indiquen, aplicando la sentencia que dicten sin hacerle ningún cambio. 12 Pero al que actúe movido por la soberbia y desobedezca la decisión del sacerdote que está allí sirviendo al Señor, o la del juez, se le condenará a muerte. Así acabarán ustedes con la maldad en Israel, 13 y cuando el pueblo lo sepa, tendrá miedo y dejará de hacer las cosas con soberbia.

Instrucciones en cuanto a los reyes

14 »Si cuando hayan entrado en el país que el Señor su Dios les va a dar, y lo hayan conquistado y vivan en él, dicen: “Queremos tener un rey que nos gobierne, como lo tienen todas nuestras naciones vecinas”, 15 deberán poner como rey de su nación a aquel compatriota de ustedes que el Señor su Dios escoja. No deben tomar como rey a un extranjero, a uno que no sea su compatriota. 16 Pero ese rey no deberá adquirir muchos caballos, ni enviar gente a Egipto para aumentar su caballería, pues el Señor les ha dicho: “Nunca más vuelvan por este camino.” 17 Tampoco deberá tener muchas mujeres, para que no se descarríe; ni adquirir grandes cantidades de oro y plata.

18 »Cuando el rey tome posesión del poder, mandará que le hagan una copia escrita de esta enseñanza, tomada del original que está al cuidado de los sacerdotes levitas. 19 Siempre deberá tener esa copia consigo, y leerla todos los días de su vida, para que aprenda a reverenciar al Señor su Dios, a respetar todo el contenido de esta enseñanza y a poner en práctica sus mandatos, 20 para que no se crea superior a sus compatriotas ni se aparte para nada de estos mandamientos. Así, tanto él como sus descendientes tendrán un largo reinado en Israel.