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Leyes sobre la castidad

13 »Cuando alguien tome una mujer por esposa, y después de haberse allegado a ella deje de amarla 14 y le atribuya faltas que den de qué hablar, y diga: “Tomé por esposa a esta mujer y, al allegarme a ella, me encontré con que ya no era virgen”, 15 entonces el padre y la madre de la joven tomarán las señales de la virginidad de la doncella y las presentarán ante los ancianos, a la entrada de la ciudad,

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Leyes sobre la castidad

13 Cuando alguno tomare mujer, y después de haberse llegado a ella la aborreciere, 14 y le atribuyere faltas que den que hablar, y dijere: A esta mujer tomé, y me llegué a ella, y no la hallé virgen; 15 entonces el padre de la joven y su madre tomarán y sacarán las señales de la virginidad de la doncella a los ancianos de la ciudad, en la puerta;

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