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“Sobre todo asunto de posesión ilegal, sea con respecto a buey, asno, oveja, vestido o cualquier propiedad perdida, si uno dice: ‘Esto es mío’, la causa de ambos será llevada ante los jueces. Y aquel a quien los jueces declaren culpable pagará el doble a su prójimo.

10 “Cuando alguien entregue a su prójimo un asno, un buey, una oveja o cualquier otro animal para que lo guarde, y se muera o se lastime, o sea robado sin que nadie lo vea, 11 tendrá lugar entre ambos un juramento ante el SEÑOR, de que no ha metido la mano en la propiedad de su prójimo. El dueño aceptará su testimonio, y el otro no hará restitución.

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