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Si el ladrón no es hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para que se vea si ha metido su mano en los bienes de su prójimo.

En toda clase de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando alguno diga: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenen, pagará el doble a su prójimo.

10 Si alguno ha dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y éste muere o sufre daño, o es hurtado sin verlo nadie;

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