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»Cuando alguien dé a su prójimo plata o alhajas a guardar, y las roben de la casa de aquel hombre, si el ladrón es hallado, pagará el doble. Si el ladrón no es hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para que se vea si ha metido su mano en los bienes de su prójimo.

»En toda clase de fraude, ya se trate de buey, asno, oveja, vestido o cualquier cosa perdida, cuando alguien diga: “Esto es mío”, la causa de ambos vendrá ante los jueces; y aquel a quien los jueces condenen, pagará el doble a su prójimo.

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