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»Si alguien entrega dinero o cosas de valor a otra persona para que se las guarde, y estos le son robados, el ladrón pagará el doble, en caso de que lo atrapen. Pero si no se descubre al ladrón, entonces el hombre que recibió las cosas en depósito será llevado a los jueces, para que determinen si dispuso de los bienes o si participó en el robo.

»En todo caso en que un buey, un burro, una oveja, ropa o cualquier otra cosa se haya perdido, y el propietario piense que lo ha encontrado en poder de otro que lo niega, los dos se presentarán ante los jueces; y el que sea declarado culpable pagará el doble al otro.

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