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Leyes acerca de la restitución

22 “Cuando alguien robe un buey o una oveja y lo degüelle o venda, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja, pagará cuatro ovejas. Si un ladrón es hallado forzando una casa, y es herido y muere, no hay castigo. Pero si sucede después de salido el sol, sí, hay castigo. Al ladrón le corresponde hacer restitución, y si no tiene con qué, será vendido por lo que ha robado.

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