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34 el dueño de la cisterna pagará el daño, resarciendo a su dueño, y lo que fue muerto será suyo.

35 Y si el buey de alguno hiere al buey de su prójimo causándole la muerte, entonces venderán el buey vivo y partirán el dinero de él, y también partirán el buey muerto.

36 Mas si era notorio que el buey era acorneador desde tiempo atrás, y su dueño no lo ha guardado, pagará buey por buey, y el buey muerto será suyo.

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