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»Si alguien da a su vecino dinero o cosas a guardar, y son hurtados de la casa de este, el ladrón, si es hallado, pagará(A) el doble. Si no es hallado el ladrón, entonces el dueño de la casa se presentará[a] ante los jueces[b](B), para determinar si él metió la mano en[c] la propiedad de su vecino. En toda clase de fraude[d], ya se trate de buey, de asno, de oveja, de ropa, o de cualquier cosa perdida, de la cual se pueda decir: “Esto es mío”, la causa[e] de ambos se llevará ante los jueces[f](C); y aquel a quien los jueces[g] declaren culpable pagará el doble a su vecino.

10 »Si alguien da a su vecino un asno, un buey, una oveja, o cualquier otro animal para ser guardado, y muere o sufre daño, o es robado[h] sin que nadie lo vea, 11 los dos harán juramento delante del Señor de que[i] no metieron la mano en[j] la propiedad de su vecino, y el dueño lo aceptará, y el otro no hará restitución(D). 12 Pero si en verdad el animal le ha sido robado, hará restitución a su dueño. 13 Si ha sido despedazado, que lo traiga como prueba. No hará restitución por lo que ha sido despedazado.

14 »Si alguien pide prestado un animal a su vecino, y el animal sufre daño o muere en ausencia de su dueño, hará completa restitución. 15 Si el dueño está presente, no hará restitución. Si es alquilado, solamente pagará el alquiler.

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Footnotes

  1. Éxodo 22:8 Lit. se acercará.
  2. Éxodo 22:8 O Dios.
  3. Éxodo 22:8 Lit. extendió su mano a.
  4. Éxodo 22:9 O todo asunto de transgresión.
  5. Éxodo 22:9 Lit. el asunto.
  6. Éxodo 22:9 O Dios.
  7. Éxodo 22:9 O Dios.
  8. Éxodo 22:10 Lit. llevado.
  9. Éxodo 22:11 Lit. si.
  10. Éxodo 22:11 Lit. extendió su mano a.

Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón fuere hallado, pagará el doble. Si el ladrón no fuere hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para que se vea si ha metido su mano en los bienes de su prójimo.

En toda clase de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando alguno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo.

10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y este muriere o fuere estropeado, o fuere llevado sin verlo nadie; 11 juramento de Jehová habrá entre ambos, de que no metió su mano a los bienes de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará. 12 Mas si le hubiere sido hurtado, resarcirá a su dueño. 13 Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado.

14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, estando ausente su dueño, deberá pagarla. 15 Si el dueño estaba presente no la pagará. Si era alquilada, reciba el dueño el alquiler.

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