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Leyes sobre la restitución

22 [a]»Si alguien roba un buey o una oveja, y lo mata o vende, pagará cinco bueyes por el buey y cuatro ovejas por la oveja(A).

»[b]Si el ladrón(B) es sorprendido[c] forzando una casa, y es herido y muere, no será homicidio[d]. Pero si ya[e] ha salido el sol, será considerado homicidio[f]. Ciertamente, el que roba debe hacer restitución. Si no tiene con qué, entonces será vendido(C) por el valor de su robo. Si lo que robó, sea buey o asno u oveja, es hallado vivo en su posesión[g], pagará el doble(D).

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Footnotes

  1. Éxodo 22:1 En el texto heb. cap. 21:37.
  2. Éxodo 22:2 En el texto heb. cap. 22:1.
  3. Éxodo 22:2 Lit. hallado.
  4. Éxodo 22:2 Lit. por su.
  5. Éxodo 22:3 Lit. si sobre él.
  6. Éxodo 22:3 Lit. por su.
  7. Éxodo 22:4 Lit. mano.

Leyes sobre la restitución

22 Cuando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas.

Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que lo hirió no será culpado de su muerte. Pero si fuere de día, el autor de la muerte será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tuviere con qué, será vendido por su hurto. Si fuere hallado con el hurto en la mano, vivo, sea buey o asno u oveja, pagará el doble.

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