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Leyes para los amos y propietarios

26 Si alguno hiere el ojo de su siervo o de su sierva y se lo inutiliza, lo dejará ir libre a causa del ojo. 27 Y si hace saltar[a] un diente a su siervo o a su sierva, lo dejará ir libre a causa del diente.

28 Y si un buey acornea a un hombre o a una mujer, y le causa la muerte, ciertamente el buey será apedreado y su carne no se comerá(A); pero el dueño del buey no será castigado. 29 Sin embargo, si el buey tenía desde antes el hábito de acornear, y su dueño había sido advertido[b], pero no lo había encerrado, y mata a un hombre o a una mujer, el buey será apedreado, y su dueño también morirá. 30 Si se le impone precio de rescate, entonces dará por la redención de su vida lo que se demande de él[c]. 31 Si acornea a un hijo o a una hija[d], será enjuiciado según la misma ley[e]. 32 Si el buey acornea a un siervo o a una sierva, el dueño dará a su amo treinta siclos[f] de plata(B), y el buey será apedreado.

33 Si alguno destapa un pozo, o cava[g] un pozo y no lo cubre, y cae en él un buey o un asno, 34 el dueño del pozo hará restitución; dará[h] dinero a su dueño, y el animal muerto será suyo.

35 Y si el buey de alguno hiere al buey de otro y le causa la muerte, entonces venderán el buey vivo y se dividirán el dinero[i], y se dividirán también el buey muerto. 36 Pero si sabía que el buey tenía desde antes el hábito de acornear y su dueño no lo había encerrado, ciertamente pagará buey por buey, y el buey muerto será suyo.

Leyes sobre la restitución

22 [j]Si alguno roba un buey o una oveja, y lo mata o vende, pagará cinco bueyes por el buey y cuatro ovejas por la oveja(C). [k]Si el ladrón(D) es sorprendido[l] forzando una casa, y es herido y muere, no habrá culpabilidad de[m] sangre; pero si ya[n] ha salido el sol, habrá culpabilidad de[o] sangre. Ciertamente, el ladrón debe hacer restitución; si no tiene con qué, entonces será vendido(E) por el valor de su robo. Si lo que robó, sea buey o asno u oveja, es hallado vivo en su posesión[p], pagará el doble(F). Si alguno deja que un campo o viña sea pastado totalmente, y deja suelto su animal para que paste en campo ajeno, hará restitución con lo mejor de su campo y con lo mejor de su viña.

Si estalla un incendio y se extiende a los espinos, de modo que las mieses, amontonadas o en pie, o el campo mismo se consuman, el que encendió el fuego ciertamente hará restitución.

Si alguno da a su vecino dinero o cosas a guardar, y son hurtados de la casa de este, el ladrón, si es hallado, pagará(G) el doble. Si no es hallado el ladrón, entonces el dueño de la casa se presentará[q] ante los jueces[r](H), para determinar si él metió la mano en[s] la propiedad de su vecino. En toda clase de fraude[t], ya se trate de buey, de asno, de oveja, de ropa, o de cualquier cosa perdida, de la cual se pueda decir: «Esto es», la causa[u] de ambos se llevará ante los jueces[v](I); y aquel a quien los jueces[w] declaren culpable pagará el doble a su vecino.

10 Si alguno da a su vecino un asno, un buey, una oveja, o cualquier otro animal para ser guardado, y muere o sufre daño, o es robado[x] sin que nadie lo vea, 11 los dos harán juramento delante del Señor de que[y] no metieron la mano en[z] la propiedad de su vecino, y el dueño lo aceptará, y el otro no hará restitución(J). 12 Pero si en verdad el animal le ha sido robado, hará restitución a su dueño. 13 Si ha sido despedazado, que lo traiga como prueba; no hará restitución por lo que ha sido despedazado.

14 Si alguno pide prestado un animal a su vecino, y el animal sufre daño o muere en ausencia de su dueño, hará completa restitución. 15 Si el dueño está presente, no hará restitución; si es alquilado, solamente pagará el alquiler.

Footnotes

  1. Éxodo 21:27 Lit., caer
  2. Éxodo 21:29 Lit., testificado
  3. Éxodo 21:30 Lit., se le imponga
  4. Éxodo 21:31 Lit., o acornea a una hija
  5. Éxodo 21:31 Lit., este juicio
  6. Éxodo 21:32 Un siclo equivale aprox. a 11.4 gramos
  7. Éxodo 21:33 Lit., o si alguno cava
  8. Éxodo 21:34 Lit., devolverá
  9. Éxodo 21:35 O, su precio
  10. Éxodo 22:1 En el texto heb., cap. 21:37
  11. Éxodo 22:2 En el texto heb., cap. 22:1
  12. Éxodo 22:2 Lit., hallado
  13. Éxodo 22:2 Lit., por su
  14. Éxodo 22:3 Lit., si sobre él
  15. Éxodo 22:3 Lit., por su
  16. Éxodo 22:4 Lit., mano
  17. Éxodo 22:8 Lit., se acercará
  18. Éxodo 22:8 O, Dios
  19. Éxodo 22:8 Lit., extendió su mano a
  20. Éxodo 22:9 O, todo asunto de transgresión
  21. Éxodo 22:9 Lit., el asunto
  22. Éxodo 22:9 O, Dios
  23. Éxodo 22:9 O, Dios
  24. Éxodo 22:10 Lit., llevado
  25. Éxodo 22:11 Lit., si
  26. Éxodo 22:11 Lit., extendió su mano a

Leyes sobre responsabilidades de amos y dueños

26 Si alguno hiriere el ojo de su siervo, o el ojo de su sierva, y lo dañare, le dará libertad por razón de su ojo. 27 Y si hiciere saltar un diente de su siervo, o un diente de su sierva, por su diente le dejará ir libre.

28 Si un buey acorneare a hombre o a mujer, y a causa de ello muriere, el buey será apedreado, y no será comida su carne; mas el dueño del buey será absuelto. 29 Pero si el buey fuere acorneador desde tiempo atrás, y a su dueño se le hubiere notificado, y no lo hubiere guardado, y matare a hombre o mujer, el buey será apedreado, y también morirá su dueño. 30 Si le fuere impuesto precio de rescate, entonces dará por el rescate de su persona cuanto le fuere impuesto. 31 Haya acorneado a hijo, o haya acorneado a hija, conforme a este juicio se hará con él. 32 Si el buey acorneare a un siervo o a una sierva, pagará su dueño treinta siclos de plata, y el buey será apedreado.

33 Y si alguno abriere un pozo, o cavare cisterna, y no la cubriere, y cayere allí buey o asno, 34 el dueño de la cisterna pagará el daño, resarciendo a su dueño, y lo que fue muerto será suyo.

35 Y si el buey de alguno hiriere al buey de su prójimo de modo que muriere, entonces venderán el buey vivo y partirán el dinero de él, y también partirán el buey muerto. 36 Mas si era notorio que el buey era acorneador desde tiempo atrás, y su dueño no lo hubiere guardado, pagará buey por buey, y el buey muerto será suyo.

Leyes sobre la restitución

22 Cuando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas.

Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que lo hirió no será culpado de su muerte. Pero si fuere de día, el autor de la muerte será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tuviere con qué, será vendido por su hurto. Si fuere hallado con el hurto en la mano, vivo, sea buey o asno u oveja, pagará el doble.

Si alguno hiciere pastar en campo o viña, y metiere su bestia en campo de otro, de lo mejor de su campo y de lo mejor de su viña pagará.

Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinos quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.

Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón fuere hallado, pagará el doble. Si el ladrón no fuere hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para que se vea si ha metido su mano en los bienes de su prójimo.

En toda clase de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando alguno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo.

10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y este muriere o fuere estropeado, o fuere llevado sin verlo nadie; 11 juramento de Jehová habrá entre ambos, de que no metió su mano a los bienes de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará. 12 Mas si le hubiere sido hurtado, resarcirá a su dueño. 13 Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado.

14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, estando ausente su dueño, deberá pagarla. 15 Si el dueño estaba presente no la pagará. Si era alquilada, reciba el dueño el alquiler.