Add parallel Print Page Options

Instrucciones acerca del divorcio

24 Acerca del divorcio, Moisés dijo:

«Si un hombre se casa, y más tarde encuentra en su esposa algo indecente, podrá divorciarse de ella. Para hacerlo, deberá entregarle una carta de divorcio y la despedirá de su casa.

»Si esa mujer se casa después con otro hombre, y el nuevo esposo también se divorcia de ella, o se muere, el primer esposo no podrá volver a casarse con ella. No podrá hacerlo porque la mujer ya tuvo relaciones sexuales con otro hombre. Si llegaran a casarse de nuevo, Dios se enojaría. No debemos contaminar con el pecado la tierra que Dios nos ha dado».

Otras instrucciones

Moisés también dijo:

«Ningún hombre estará obligado a ir a la guerra o a prestar servicio alguno, si se acaba de casar. Al contrario, durante todo el primer año de su matrimonio tendrá derecho a quedarse en su casa, para disfrutarlo felizmente con su esposa.

»Si alguien les pide prestado algo, no le pidan su molino para garantizar el pago. Si lo hacen, esa persona no tendrá con qué moler la harina para el pan, y podría pasar hambre.

»Cualquiera que se robe a otra persona para venderla o convertirla en esclava, será condenado a muerte. No permitan que en su país se cometa esa maldad.

»Si alguno de ustedes llega a tener una infección en la piel, deberá presentarse ante los sacerdotes. Ellos saben lo que debe hacerse en estos casos, así que ustedes deben seguir sus instrucciones. Acuérdense de cómo se enfermó mi hermana María cuando veníamos de Egipto.

10-11 »Cuando presten dinero a alguien, no entren en su casa para tomar ustedes mismos la garantía de pago. Quédense a la puerta, y esperen a que esa persona les entregue la garantía.

12-13 »Si la persona a quien le prestan es pobre, y lo único que puede dar como garantía es su capa, acéptenla pero no se queden con ella toda la noche. Entréguenla a su dueño al anochecer, para que al dormir tenga con qué cubrirse. Así el dueño les estará agradecido, y pedirá a Dios que les dé su bendición. Y Dios verá que ustedes son buenos, y los bendecirá.

14-15 »Si le dan trabajo a una persona pobre, al terminar el día páguenle lo que sea justo. La gente pobre, sea israelita o extranjera, trabaja para poder comer, así que necesita ese dinero. Sigan estas instrucciones, pues si no lo hacen, esa gente se quejará ante Dios, y él los castigará a ustedes.

16 »Nadie debe ser castigado por un crimen que no haya cometido. Ni los padres deben morir por los crímenes de sus hijos, ni los hijos deben morir por los crímenes de sus padres.

17 »No maltraten a los refugiados ni a los huérfanos.

»Si le prestan algo a una viuda, no le pidan la ropa como garantía de pago.

18 »Jamás olviden que también ustedes fueron esclavos en Egipto, y que su Dios los rescató. Por eso les ordeno seguir estas instrucciones.

19-22 »Si al recoger la cosecha dejan olvidado en el campo algún manojo, no regresen por él. Déjenlo allí para los pobres, los refugiados, los huérfanos y las viudas. Y cuando corten sus aceitunas y cosechen sus uvas, harán lo mismo: no las cortarán todas, sino que dejarán algunas para ellos. Jamás olviden que también ustedes fueron esclavos en Egipto; por eso les ordeno que sigan todas estas instrucciones. Si lo hacen, Dios los bendecirá en todo lo que hagan.

24 Cuando alguno tomare mujer y se casare con ella, si no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta de divorcio,(A) y se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa. Y salida de su casa, podrá ir y casarse con otro hombre. Pero si la aborreciere este último, y le escribiere carta de divorcio, y se la entregare en su mano, y la despidiere de su casa; o si hubiere muerto el postrer hombre que la tomó por mujer, no podrá su primer marido, que la despidió, volverla a tomar para que sea su mujer, después que fue envilecida; porque es abominación delante de Jehová, y no has de pervertir la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad.

Cuando alguno fuere recién casado, no saldrá a la guerra, ni en ninguna cosa se le ocupará; libre estará en su casa por un año, para alegrar a la mujer que tomó.

No tomarás en prenda la muela del molino, ni la de abajo ni la de arriba; porque sería tomar en prenda la vida del hombre.

Cuando fuere hallado alguno que hubiere hurtado a uno de sus hermanos los hijos de Israel, y le hubiere esclavizado, o le hubiere vendido, morirá el tal ladrón,(B) y quitarás el mal de en medio de ti.

En cuanto a la plaga de la lepra, ten cuidado de observar diligentemente y hacer según todo lo que os enseñaren los sacerdotes levitas; según yo les he mandado, así cuidaréis de hacer.(C) Acuérdate de lo que hizo Jehová tu Dios a María(D) en el camino, después que salisteis de Egipto.

10 Cuando entregares a tu prójimo alguna cosa prestada, no entrarás en su casa para tomarle prenda. 11 Te quedarás fuera, y el hombre a quien prestaste te sacará la prenda. 12 Y si el hombre fuere pobre, no te acostarás reteniendo aún su prenda. 13 Sin falta le devolverás la prenda cuando el sol se ponga, para que pueda dormir en su ropa, y te bendiga; y te será justicia delante de Jehová tu Dios.(E)

14 No oprimirás al jornalero pobre y menesteroso, ya sea de tus hermanos o de los extranjeros que habitan en tu tierra dentro de tus ciudades. 15 En su día le darás su jornal, y no se pondrá el sol sin dárselo; pues es pobre, y con él sustenta su vida; para que no clame contra ti a Jehová, y sea en ti pecado.(F)

16 Los padres no morirán por los hijos, ni los hijos por los padres; cada uno morirá por su pecado.(G)

17 No torcerás el derecho del extranjero ni del huérfano, ni tomarás en prenda la ropa de la viuda, 18 sino que te acordarás que fuiste siervo en Egipto, y que de allí te rescató Jehová tu Dios; por tanto, yo te mando que hagas esto.(H)

19 Cuando siegues tu mies en tu campo, y olvides alguna gavilla en el campo, no volverás para recogerla; será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda; para que te bendiga Jehová tu Dios en toda obra de tus manos. 20 Cuando sacudas tus olivos, no recorrerás las ramas que hayas dejado tras de ti; serán para el extranjero, para el huérfano y para la viuda. 21 Cuando vendimies tu viña, no rebuscarás tras de ti; será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda.(I) 22 Y acuérdate que fuiste siervo en tierra de Egipto; por tanto, yo te mando que hagas esto.