Advertencia contra la idolatría

13 Cuando en medio de ti aparezca algún profeta o alguien que predice a través de sueños y anuncie algún prodigio o señal milagrosa, si esa señal o prodigio se cumple y él te dice: «Vayamos a rendir culto a otros dioses», dioses que no has conocido, no prestes atención a las palabras de ese profeta o soñador. El Señor tu Dios te estará probando para saber si lo amas con todo el corazón y con toda el alma. Solamente al Señor tu Dios debes seguir y rendir culto. Cumple sus mandamientos y obedécelo; sírvele y aférrate a él. Condenarás a muerte a ese profeta o soñador por haberte aconsejado rebelarte contra el Señor tu Dios, que te sacó de Egipto y te rescató de la tierra de esclavitud. Así erradicarás el mal que haya en medio de ti, porque tal profeta habrá intentado apartarte del camino que el Señor tu Dios te mandó que siguieras.

Si tu propio hermano, o tu hijo, o tu hija, o tu esposa amada, o tu amigo íntimo, trata de engañarte y en secreto te insinúa: «Vayamos a rendir culto a otros dioses» (dioses que ni tú ni tus antepasados conocieron, dioses de pueblos cercanos o lejanos que abarcan toda la tierra), no te dejes engañar ni le hagas caso. Tampoco le tengas lástima. No te compadezcas de él, no lo encubras ni dudes en matarlo. Al contrario, sé tú el primero en alzar la mano para matarlo y que haga lo mismo todo el pueblo. 10 Apedréalo hasta que muera porque trató de apartarte del Señor tu Dios, quien te sacó de Egipto, la tierra donde eras esclavo. 11 Entonces todos en Israel oirán esto, temblarán de miedo y nadie intentará otra vez cometer semejante maldad.

12 Si de alguna de las ciudades que el Señor tu Dios te da para que las habites llega el rumor 13 de que han surgido hombres perversos que descarrían a la gente y le dicen: «Vayamos a rendir culto a otros dioses» (dioses que ustedes no han conocido), 14 entonces deberás inquirir e investigar todo con sumo cuidado. Si se comprueba que tal hecho abominable ha ocurrido en medio de ti, 15 no dudes en matar a filo de espada a todos los habitantes de esa ciudad. Destrúyelos junto con todo lo que haya en ella, incluyendo el ganado. 16 Lleva todo el botín a la plaza pública y préndele fuego a la ciudad y a todo el botín. Será una ofrenda totalmente quemada para el Señor tu Dios. La ciudad se quedará para siempre en ruinas y no volverá a ser reedificada. 17 No te apropies de nada que haya sido destinado a la destrucción. De ese modo, el Señor alejará de ti el furor de su ira, te tratará con misericordia y compasión, y hará que te multipliques, tal como se lo juró a tus antepasados. 18 Así será, siempre y cuando obedezcas todos estos mandamientos que te ordeno hoy y hagas lo recto ante el Señor tu Dios.

Alimentos puros e impuros(A)

14 Eres hijo del Señor tu Dios. No te hagas cortes en la piel ni te rapes la cabeza en honor de un muerto, porque eres pueblo consagrado al Señor tu Dios. Él te eligió de entre todos los pueblos de la tierra para que fueras su propiedad exclusiva.

No comas nada que sea abominable. Los animales que podrás comer son los siguientes: el buey, la oveja, la cabra, el ciervo, la gacela, el venado, la cabra montés, el íbice, el antílope y el carnero montés.[a] Podrás comer cualquier animal rumiante que tenga la pezuña hendida y partida en dos; pero no podrás comer camello, liebre ni tejón porque, aunque rumian, no tienen la pezuña partida. Los tendrás por animales impuros.

El cerdo es también impuro porque, aunque tiene la pezuña partida, no es rumiante. No podrás comer su carne ni tocar su cadáver.

De todos los animales que viven en el agua podrás comer los que tienen aletas y escamas, 10 pero no podrás comer los que no tienen aletas ni escamas, sino que los tendrás por animales impuros.

11 Podrás comer cualquier ave que sea pura, 12 pero no podrás comer águila, quebrantahuesos, buitre negro, 13 gallinazo, ni especie alguna de milanos ni de halcones, 14 ni especie alguna de cuervos, 15 ni avestruz, lechuza o gaviota, ninguna clase de gavilán, 16 ni búho, ibis, lechuza nocturna, 17 búho del desierto, águila pescadora, cormorán 18 o cigüeña, ni especie alguna de garzas, ni abubilla ni murciélago.

19 A los insectos voladores los tendrás por impuros, así que no los comas. 20 Pero sí podrás comer cualquier animal alado que sea puro.

21 No comas nada que encuentres ya muerto. Podrás dárselo al extranjero que viva en cualquiera de tus ciudades; él sí podrá comérselo o vendérselo a un forastero. Pero tú eres un pueblo consagrado al Señor tu Dios.

No cocines el cabrito en la leche de su madre.[b]

Los diezmos

22 Cada año, sin falta, apartarás la décima parte de todo lo que produzcan tus campos. 23 En la presencia del Señor tu Dios comerás la décima parte de tu trigo, tu vino nuevo y tu aceite, y de los primogénitos de tus vacas y ovejas; lo harás en el lugar que él escoja como residencia de su Nombre. Así aprenderás a temer siempre al Señor tu Dios. 24 Pero si el Señor tu Dios te ha bendecido y el lugar donde ha puesto su Nombre está demasiado distante, de modo que no puedes transportar tu diezmo hasta allá, 25 entonces lo venderás y te presentarás con el dinero en el lugar que el Señor tu Dios haya elegido. 26 Con ese dinero podrás comprar lo que prefieras o más te guste: vacas, ovejas, vino u otra bebida fermentada, y allí, en presencia del Señor tu Dios, tú y tu familia comerán y se regocijarán. 27 Pero no abandones a los levitas que vivan en tus ciudades. Recuerda que, a diferencia de ti, ellos no tienen patrimonio alguno.

28 Cada tres años reunirás los diezmos de todos tus productos de ese año y los almacenarás en tus ciudades. 29 Así los levitas que no tienen patrimonio alguno, los extranjeros, los huérfanos y las viudas que viven en tus ciudades podrán comer y quedar satisfechos. Entonces el Señor tu Dios bendecirá todo el trabajo de tus manos.

El año del perdón de las deudas

15 Cada siete años perdonarás las deudas. Lo harás de la siguiente manera: cada acreedor perdonará a su prójimo el préstamo que le haya hecho. Ya no exigirá a su prójimo o hermano el pago de la deuda, porque se habrá proclamado el año del perdón de las deudas en honor del Señor. Podrás exigirle el pago de sus deudas al extranjero, pero a tu hermano perdonarás cualquier deuda que tenga contigo. Entre ustedes no deberá haber pobres, porque el Señor tu Dios te colmará de bendiciones en la tierra que él mismo te da para que la poseas como herencia. Y así será, siempre y cuando obedezcas al Señor tu Dios y cumplas fielmente todos estos mandamientos que hoy te ordeno. El Señor tu Dios te bendecirá, como lo ha prometido, y tú podrás prestar a muchas naciones, pero no tendrás que pedir prestado de ninguna. Dominarás a muchas naciones, pero ninguna te dominará a ti.

Cuando en alguna de las ciudades de la tierra que el Señor tu Dios te da haya algún pobre entre ustedes, no endurezcas tu corazón ni le cierres tu mano. Antes bien, tiéndele la mano y préstale generosamente lo que necesite. No des cabida en tu corazón a la perversa idea de que, por acercarse el año séptimo, año del perdón de las deudas, puedes hacer mala cara y no dar nada a tu compatriota necesitado. De lo contrario, él podrá apelar al Señor contra ti y tú resultarás culpable de pecado. 10 Den con generosidad y háganlo de buena gana; así el Señor tu Dios bendecirá todos tus trabajos y todo lo que emprendas. 11 Gente pobre en esta tierra siempre la habrá; por eso te ordeno que seas generoso con tus hermanos hebreos y con los pobres y necesitados de tu tierra.

Liberación de los esclavos(B)

12 Si tu hermano hebreo, hombre o mujer, se vende a ti y te sirve durante seis años, en el séptimo año lo dejarás libre. 13 Y cuando lo liberes, no lo despidas con las manos vacías. 14 Abastécelo bien con regalos de tus rebaños, de tus cultivos y de tu lagar. Dale según el Señor tu Dios te haya bendecido. 15 Recuerda que fuiste esclavo en Egipto, y que el Señor tu Dios te dio libertad. Por eso te doy ahora esta orden.

16 Pero si tu esclavo, porque te ama a ti y a tu familia y le va bien contigo, te dice: «No quiero dejarte», 17 entonces tomarás un punzón y, apoyándole la oreja contra una puerta, le perforarás el lóbulo. Así se convertirá en tu esclavo de por vida. Lo mismo harás con la esclava.

18 No te pese dejar en libertad a tu esclavo, porque sus servicios durante esos seis años te costaron apenas la mitad de lo que habrías pagado a un jornalero. Así el Señor tu Dios te bendecirá en todo lo que hagas.

Los animales primogénitos

19 Consagrarás para el Señor tu Dios todo primogénito macho de tus vacas y ovejas. No pondrás a trabajar al primogénito de tus bueyes ni esquilarás al primogénito de tus ovejas. 20 Cada año, tú y tu familia los comerán en la presencia del Señor tu Dios, en el lugar que él habrá de elegir. 21 Si alguno de esos animales está cojo o ciego, o tiene algún otro defecto grave, no se lo presentarás en sacrificio al Señor tu Dios. 22 En tal caso, podrás comerlo en tu propia ciudad, como si fuera una gacela o un ciervo, estés o no ritualmente puro. 23 Pero no comerás la sangre, sino que la derramarás en la tierra como si fuera agua.

Fiesta de la Pascua(C)

16 Aparta el mes de aviv para celebrar la Pascua del Señor tu Dios, porque fue en una noche del mes de aviv cuando el Señor tu Dios te sacó de Egipto. En la Pascua del Señor tu Dios sacrificarás de tus vacas y ovejas en el lugar que el Señor escoja como residencia de su Nombre. No comerás la Pascua con pan leudado, sino que durante siete días comerás pan sin levadura, pan de aflicción, pues de Egipto saliste de prisa. Lo harás así para que toda tu vida te acuerdes del día en que saliste de Egipto. Durante siete días no habrá levadura en todo el país. De la carne que sacrifiques al atardecer del primer día, no quedará nada para la mañana siguiente.

No ofrecerás el sacrificio de la Pascua en ninguna de las otras ciudades que te dé el Señor tu Dios. Lo ofrecerás solamente en el lugar que el Señor escoja como residencia de su Nombre. Allí ofrecerás el sacrificio de la Pascua por la tarde, al ponerse el sol, que fue la hora en que saliste de Egipto. Cocerás y comerás el sacrificio de la Pascua en el lugar que el Señor tu Dios haya elegido y a la mañana siguiente regresarás a tu casa. Durante seis días comerás pan sin levadura y el séptimo día convocarás una asamblea solemne para el Señor tu Dios. Ese día no trabajarás.

Fiesta de las Semanas(D)

Contarás siete semanas a partir del día en que comience la cosecha del grano. 10 Entonces celebrarás en honor del Señor tu Dios la fiesta de las Semanas, en la que presentarás ofrendas voluntarias en proporción a las bendiciones que el Señor tu Dios te haya dado. 11 Y te alegrarás en presencia del Señor tu Dios, en el lugar que él escoja como residencia de su Nombre, junto con tus hijos y tus hijas, tus esclavos y tus esclavas, los levitas de tus ciudades, los extranjeros, los huérfanos y las viudas que vivan en medio de ti. 12 Recuerda que fuiste esclavo en Egipto; cumple, pues, fielmente estos estatutos.

Fiesta de las Enramadas(E)

13 Al terminar la vendimia y la cosecha del trigo, celebrarás durante siete días la fiesta de las Enramadas. 14 Te alegrarás en la fiesta junto con tus hijos y tus hijas, tus esclavos y tus esclavas, los levitas, los extranjeros, los huérfanos y las viudas que vivan en tus ciudades. 15 Durante siete días celebrarás esta fiesta en honor al Señor tu Dios, en el lugar que él elija, pues el Señor tu Dios bendecirá toda tu cosecha y todo el trabajo de tus manos. Y tu alegría será completa.

16 Tres veces al año todos tus varones se presentarán ante el Señor tu Dios, en el lugar que él elija, para celebrar las fiestas de los Panes sin levadura, de las Semanas y de las Enramadas. Nadie se presentará ante el Señor con las manos vacías. 17 Cada uno llevará ofrendas, según lo haya bendecido el Señor tu Dios.

Impartición de justicia

18 Nombrarás jueces y oficiales que juzguen con justicia al pueblo en cada una de las ciudades que el Señor tu Dios entregará a tus tribus. 19 No pervertirás la justicia ni actuarás con parcialidad. No aceptarás soborno, pues el soborno nubla los ojos del sabio y tuerce las palabras del justo. 20 Seguirás la justicia y solamente la justicia, para que puedas vivir y poseer la tierra que te da el Señor tu Dios.

Exhortación contra la idolatría

21 No levantarás ningún poste de madera de la diosa Aserá junto al altar que edifiques para el Señor tu Dios; 22 tampoco erigirás piedras sagradas, porque el Señor tu Dios las aborrece.

Footnotes

  1. 14:5 La identificación de algunas aves y animales de este capítulo no ha podido establecerse con precisión.
  2. 14:21 La última prohibición posiblemente alude a alguna práctica supersticiosa de los cananeos.

13 Cuando se levantare en medio de ti profeta, o soñador de sueños, y te anunciare señal o prodigios, y si se cumpliere la señal o prodigio que él te anunció, diciendo: Vamos en pos de dioses ajenos, que no conociste, y sirvámosles; no darás oído a las palabras de tal profeta, ni al tal soñador de sueños; porque Jehová vuestro Dios os está probando, para saber si amáis a Jehová vuestro Dios con todo vuestro corazón, y con toda vuestra alma. En pos de Jehová vuestro Dios andaréis; a él temeréis, guardaréis sus mandamientos y escucharéis su voz, a él serviréis, y a él seguiréis. Tal profeta o soñador de sueños ha de ser muerto, por cuanto aconsejó rebelión contra Jehová vuestro Dios que te sacó de tierra de Egipto y te rescató de casa de servidumbre, y trató de apartarte del camino por el cual Jehová tu Dios te mandó que anduvieses; y así quitarás el mal de en medio de ti.

Si te incitare tu hermano, hijo de tu madre, o tu hijo, tu hija, tu mujer o tu amigo íntimo, diciendo en secreto: Vamos y sirvamos a dioses ajenos, que ni tú ni tus padres conocisteis, de los dioses de los pueblos que están en vuestros alrededores, cerca de ti o lejos de ti, desde un extremo de la tierra hasta el otro extremo de ella; no consentirás con él, ni le prestarás oído; ni tu ojo le compadecerá, ni le tendrás misericordia, ni lo encubrirás, sino que lo matarás; tu mano se alzará primero sobre él para matarle, y después la mano de todo el pueblo. 10 Le apedrearás hasta que muera, por cuanto procuró apartarte de Jehová tu Dios, que te sacó de tierra de Egipto, de casa de servidumbre; 11 para que todo Israel oiga, y tema, y no vuelva a hacer en medio de ti cosa semejante a esta.

12 Si oyeres que se dice de alguna de tus ciudades que Jehová tu Dios te da para vivir en ellas, 13 que han salido de en medio de ti hombres impíos que han instigado a los moradores de su ciudad, diciendo: Vamos y sirvamos a dioses ajenos, que vosotros no conocisteis; 14 tú inquirirás, y buscarás y preguntarás con diligencia; y si pareciere verdad, cosa cierta, que tal abominación se hizo en medio de ti, 15 irremisiblemente herirás a filo de espada a los moradores de aquella ciudad, destruyéndola con todo lo que en ella hubiere, y también matarás sus ganados a filo de espada. 16 Y juntarás todo su botín en medio de la plaza, y consumirás con fuego la ciudad y todo su botín, todo ello, como holocausto a Jehová tu Dios, y llegará a ser un montón de ruinas para siempre; nunca más será edificada. 17 Y no se pegará a tu mano nada del anatema, para que Jehová se aparte del ardor de su ira, y tenga de ti misericordia, y tenga compasión de ti, y te multiplique, como lo juró a tus padres, 18 cuando obedecieres a la voz de Jehová tu Dios, guardando todos sus mandamientos que yo te mando hoy, para hacer lo recto ante los ojos de Jehová tu Dios.

14 Hijos sois de Jehová vuestro Dios; no os sajaréis, ni os raparéis a causa de muerto.(A) Porque eres pueblo santo a Jehová tu Dios, y Jehová te ha escogido para que le seas un pueblo único(B) de entre todos los pueblos que están sobre la tierra.

Animales limpios e inmundos

(Lv. 11.1-47)

Nada abominable comerás. Estos son los animales que podréis comer: el buey, la oveja, la cabra, el ciervo, la gacela, el corzo, la cabra montés, el íbice, el antílope y el carnero montés. Y todo animal de pezuñas, que tiene hendidura de dos uñas, y que rumiare entre los animales, ese podréis comer. Pero estos no comeréis, entre los que rumian o entre los que tienen pezuña hendida: camello, liebre y conejo; porque rumian, mas no tienen pezuña hendida, serán inmundos; ni cerdo, porque tiene pezuña hendida, mas no rumia; os será inmundo. De la carne de estos no comeréis, ni tocaréis sus cuerpos muertos.

De todo lo que está en el agua, de estos podréis comer: todo lo que tiene aleta y escama. 10 Mas todo lo que no tiene aleta y escama, no comeréis; inmundo será.

11 Toda ave limpia podréis comer. 12 Y estas son de las que no podréis comer: el águila, el quebrantahuesos, el azor, 13 el gallinazo, el milano según su especie, 14 todo cuervo según su especie, 15 el avestruz, la lechuza, la gaviota y el gavilán según sus especies, 16 el búho, el ibis, el calamón, 17 el pelícano, el buitre, el somormujo, 18 la cigüeña, la garza según su especie, la abubilla y el murciélago. 19 Todo insecto alado será inmundo; no se comerá. 20 Toda ave limpia podréis comer.

21 Ninguna cosa mortecina comeréis; al extranjero que está en tus poblaciones la darás, y él podrá comerla; o véndela a un extranjero, porque tú eres pueblo santo a Jehová tu Dios. No cocerás el cabrito en la leche de su madre.(C)

La ley del diezmo

22 Indefectiblemente diezmarás(D) todo el producto del grano que rindiere tu campo cada año. 23 Y comerás delante de Jehová tu Dios en el lugar que él escogiere para poner allí su nombre, el diezmo de tu grano, de tu vino y de tu aceite, y las primicias de tus manadas y de tus ganados, para que aprendas a temer a Jehová tu Dios todos los días. 24 Y si el camino fuere tan largo que no puedas llevarlo, por estar lejos de ti el lugar que Jehová tu Dios hubiere escogido para poner en él su nombre, cuando Jehová tu Dios te bendijere, 25 entonces lo venderás y guardarás el dinero en tu mano, y vendrás al lugar que Jehová tu Dios escogiere; 26 y darás el dinero por todo lo que deseas, por vacas, por ovejas, por vino, por sidra, o por cualquier cosa que tú deseares; y comerás allí delante de Jehová tu Dios, y te alegrarás tú y tu familia. 27 Y no desampararás al levita que habitare en tus poblaciones; porque no tiene parte ni heredad contigo.

28 Al fin de cada tres años sacarás todo el diezmo de tus productos de aquel año, y lo guardarás en tus ciudades. 29 Y vendrá el levita, que no tiene parte ni heredad contigo, y el extranjero, el huérfano y la viuda que hubiere en tus poblaciones, y comerán y serán saciados; para que Jehová tu Dios te bendiga en toda obra que tus manos hicieren.

El año de remisión

15 Cada siete años harás remisión. Y esta es la manera de la remisión: perdonará a su deudor todo aquel que hizo empréstito de su mano, con el cual obligó a su prójimo; no lo demandará más a su prójimo, o a su hermano, porque es pregonada la remisión de Jehová. Del extranjero demandarás el reintegro; pero lo que tu hermano tuviere tuyo, lo perdonará tu mano, para que así no haya en medio de ti mendigo; porque Jehová te bendecirá con abundancia en la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad para que la tomes en posesión, si escuchares fielmente la voz de Jehová tu Dios, para guardar y cumplir todos estos mandamientos que yo te ordeno hoy. Ya que Jehová tu Dios te habrá bendecido, como te ha dicho, prestarás entonces a muchas naciones, mas tú no tomarás prestado; tendrás dominio sobre muchas naciones, pero sobre ti no tendrán dominio.

Préstamos a los pobres

Cuando haya en medio de ti menesteroso de alguno de tus hermanos en alguna de tus ciudades, en la tierra que Jehová tu Dios te da, no endurecerás tu corazón, ni cerrarás tu mano contra tu hermano pobre, sino abrirás a él tu mano liberalmente, y en efecto le prestarás lo que necesite.(E) Guárdate de tener en tu corazón pensamiento perverso, diciendo: Cerca está el año séptimo, el de la remisión, y mires con malos ojos a tu hermano menesteroso para no darle; porque él podrá clamar contra ti a Jehová, y se te contará por pecado. 10 Sin falta le darás, y no serás de mezquino corazón cuando le des; porque por ello te bendecirá Jehová tu Dios en todos tus hechos, y en todo lo que emprendas. 11 Porque no faltarán menesterosos en medio de la tierra;(F) por eso yo te mando, diciendo: Abrirás tu mano a tu hermano, al pobre y al menesteroso en tu tierra.

Leyes sobre los esclavos

(Ex. 21.1-11)

12 Si se vendiere a ti tu hermano hebreo o hebrea, y te hubiere servido seis años, al séptimo le despedirás libre. 13 Y cuando lo despidieres libre, no le enviarás con las manos vacías. 14 Le abastecerás liberalmente de tus ovejas, de tu era y de tu lagar; le darás de aquello en que Jehová te hubiere bendecido. 15 Y te acordarás de que fuiste siervo en la tierra de Egipto, y que Jehová tu Dios te rescató; por tanto yo te mando esto hoy. 16 Si él te dijere: No te dejaré; porque te ama a ti y a tu casa, y porque le va bien contigo; 17 entonces tomarás una lesna, y horadarás su oreja contra la puerta, y será tu siervo para siempre; así también harás a tu criada. 18 No te parezca duro cuando le enviares libre, pues por la mitad del costo de un jornalero te sirvió seis años; y Jehová tu Dios te bendecirá en todo cuanto hicieres.(G)

Consagración de los primogénitos machos

19 Consagrarás a Jehová tu Dios todo primogénito macho de tus vacas y de tus ovejas;(H) no te servirás del primogénito de tus vacas, ni trasquilarás el primogénito de tus ovejas. 20 Delante de Jehová tu Dios los comerás cada año, tú y tu familia, en el lugar que Jehová escogiere. 21 Y si hubiere en él defecto, si fuere ciego, o cojo, o hubiere en él cualquier falta, no lo sacrificarás a Jehová tu Dios. 22 En tus poblaciones lo comerás; el inmundo lo mismo que el limpio comerán de él, como de una gacela o de un ciervo. 23 Solamente que no comas su sangre;(I) sobre la tierra la derramarás como agua.

Fiestas anuales

(Ex. 23.14-17; 34.18-24)

16 Guardarás el mes de Abib, y harás pascua(J) a Jehová tu Dios; porque en el mes de Abib te sacó Jehová tu Dios de Egipto, de noche. Y sacrificarás la pascua a Jehová tu Dios, de las ovejas y de las vacas, en el lugar que Jehová escogiere para que habite allí su nombre. No comerás con ella pan con levadura; siete días comerás con ella pan sin levadura, pan de aflicción, porque aprisa saliste de tierra de Egipto; para que todos los días de tu vida te acuerdes del día en que saliste de la tierra de Egipto. Y no se verá levadura contigo en todo tu territorio por siete días; y de la carne que matares en la tarde del primer día, no quedará hasta la mañana. No podrás sacrificar la pascua en cualquiera de las ciudades que Jehová tu Dios te da; sino en el lugar que Jehová tu Dios escogiere para que habite allí su nombre, sacrificarás la pascua por la tarde a la puesta del sol, a la hora que saliste de Egipto. Y la asarás y comerás en el lugar que Jehová tu Dios hubiere escogido; y por la mañana regresarás y volverás a tu habitación. Seis días comerás pan sin levadura, y el séptimo día será fiesta solemne a Jehová tu Dios; no trabajarás en él.

Siete semanas contarás; desde que comenzare a meterse la hoz en las mieses comenzarás a contar las siete semanas. 10 Y harás la fiesta solemne de las semanas(K) a Jehová tu Dios; de la abundancia voluntaria de tu mano será lo que dieres, según Jehová tu Dios te hubiere bendecido. 11 Y te alegrarás delante de Jehová tu Dios, tú, tu hijo, tu hija, tu siervo, tu sierva, el levita que habitare en tus ciudades, y el extranjero, el huérfano y la viuda que estuvieren en medio de ti, en el lugar que Jehová tu Dios hubiere escogido para poner allí su nombre. 12 Y acuérdate de que fuiste siervo en Egipto; por tanto, guardarás y cumplirás estos estatutos.

13 La fiesta solemne de los tabernáculos(L) harás por siete días, cuando hayas hecho la cosecha de tu era y de tu lagar. 14 Y te alegrarás en tus fiestas solemnes, tú, tu hijo, tu hija, tu siervo, tu sierva, y el levita, el extranjero, el huérfano y la viuda que viven en tus poblaciones. 15 Siete días celebrarás fiesta solemne a Jehová tu Dios en el lugar que Jehová escogiere; porque te habrá bendecido Jehová tu Dios en todos tus frutos, y en toda la obra de tus manos, y estarás verdaderamente alegre.

16 Tres veces cada año aparecerá todo varón tuyo delante de Jehová tu Dios en el lugar que él escogiere: en la fiesta solemne de los panes sin levadura, y en la fiesta solemne de las semanas, y en la fiesta solemne de los tabernáculos. Y ninguno se presentará delante de Jehová con las manos vacías; 17 cada uno con la ofrenda de su mano, conforme a la bendición que Jehová tu Dios te hubiere dado.

Administración de la justicia

18 Jueces y oficiales pondrás en todas tus ciudades que Jehová tu Dios te dará en tus tribus, los cuales juzgarán al pueblo con justo juicio. 19 No tuerzas el derecho; no hagas acepción de personas, ni tomes soborno; porque el soborno ciega los ojos de los sabios, y pervierte las palabras de los justos.(M) 20 La justicia, la justicia seguirás, para que vivas y heredes la tierra que Jehová tu Dios te da.

21 No plantarás ningún árbol para Asera(N) cerca del altar de Jehová tu Dios, que tú te habrás hecho, 22 ni te levantarás estatua,(O) lo cual aborrece Jehová tu Dios.