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Los animales puros e impuros

11 Dios les ordenó a Moisés y a Aarón que les dieran a los israelitas las siguientes instrucciones:

«Ustedes podrán comer la carne de cualquier animal que tenga las pezuñas partidas y que sea rumiante.[a] 4-8 Pero no deberán comer carne de camello, ni de conejo, ni de liebre, porque aunque son rumiantes no tienen pezuñas partidas. Tampoco comerán carne de cerdo, pues aunque tiene pezuñas partidas, no es rumiante. Ni siquiera toquen el cadáver de estos animales. Más bien, deberán considerarlos impuros.

»De los animales que viven en el mar o en los ríos, podrán comer los que tienen aletas y escamas. 10-12 Pero si no tienen aletas ni escamas no deberán comerlos, aunque vivan en el agua. Más bien, deberán considerarlos impuros y sentir asco al ver sus cadáveres.

13-19 »De las aves, no podrán comer las siguientes, pues deberán considerarlas impuras:

el águila,

el quebrantahuesos,

el águila marina,

el milano,

el avestruz,

la golondrina,

la gaviota,

la lechuza,

el cuervo marino,

el búho,

el ibis,

el pelícano,

el buitre,

la cigüeña,

la abubilla,

el murciélago,

toda clase de halcones,

toda clase de cuervos,

toda clase de gavilanes,

toda clase de garzas.

20 »De los insectos, deberán considerar impuros a todos los que tienen alas pero andan sobre cuatro patas. 21 Sin embargo, de éstos podrán comer todos los que pueden dar saltos sobre el suelo por tener más largas las patas traseras. 22 Así que podrán comer toda clase de grillos y saltamontes. 23 Cualquier otro insecto que tenga alas y cuatro patas deberán considerarlo impuro. 24-25 Si alguien toca o levanta el cadáver de alguno de estos animales, quedará impuro hasta el anochecer, y deberá lavar sus ropas.

26 »Todo animal que tenga las pezuñas partidas pero no sea rumiante deberán considerarlo impuro. Si alguien lo toca, quedará impuro.

27-28 »Todo animal que al caminar se apoye en las plantas de sus cuatro patas será considerado impuro. Si alguien toca o levanta su cadáver, quedará impuro hasta el anochecer, y deberá lavar sus ropas.

29 »De los animales que se arrastran por el suelo, deberán considerar impuros los siguientes: el topo, la comadreja, las distintas clases de lagartos 30 y lagartijas, la salamandra y el camaleón. 31 Si alguien toca el cadáver de alguno de ellos, quedará impuro hasta el anochecer. 32 Si el cadáver de alguno de ellos cae sobre un objeto de madera o de cuero, o sobre una prenda de vestir, o sobre alguna herramienta de trabajo, ese objeto quedará impuro hasta el anochecer. Para purificarlo, habrá que lavarlo muy bien con agua. 33-34 Si el cadáver de alguno de ellos cae dentro de una olla de barro, todo lo que haya dentro de ella quedará impuro, aun cuando se trate de agua o de comida, y la olla tendrá que romperse. 35 Si el cadáver de alguno de ellos cae en un horno o en un fogón, éstos quedarán impuros y habrá que destruirlos. 36 Todo el que toque el cadáver de alguno de estos animales, quedará impuro. Sólo seguirán siendo puros el pozo o el manantial de donde se saca el agua. 37 Si el cadáver de alguno de ellos cae sobre la semilla que se va a sembrar, la semilla seguirá siendo pura. 38 Sólo se considerará impura la semilla cuando se arroje agua sobre ella y alguno de estos animales muertos caiga sobre ella.

39 »Si de los animales que ustedes pueden comer muere alguno, el que toque su cadáver quedará impuro hasta el anochecer. 40 Si alguien come carne de ese animal, quedará impuro hasta el anochecer y deberá lavar sus ropas. Si alguien levanta el cadáver del animal, quedará impuro hasta el anochecer y deberá también lavar sus ropas.

41 »Ustedes no deben comer ningún animal que se arrastre por el suelo. Son animales impuros. 42 Por lo tanto, no deben comer ningún reptil, ni ningún insecto que camine sobre cuatro patas, o que tenga muchas patas. 43-45 No se hagan impuros ni se contaminen con ellos. Yo soy el Dios de Israel, y soy un Dios diferente. Yo los saqué de Egipto para ser su Dios. Ustedes no deben ser como los otros pueblos, porque yo no soy como los otros dioses.

46 »Éstas son las instrucciones acerca de los animales que hay en la tierra, en el aire y en el agua, y de los animales que se arrastran por el suelo, 47 para que ustedes puedan distinguir entre lo puro y lo impuro, y entre los animales que pueden comerse y los que no pueden comerse».

Purificación de la mujer que da a luz

12 Dios le ordenó a Moisés que les diera a los israelitas las siguientes instrucciones:

«Cuando una mujer tenga un hijo varón, será considerada impura durante siete días, como cuando tiene su período menstrual. El niño será circuncidado a los ocho días de nacido, pero ella deberá seguir purificándose treinta y tres días más. Mientras dure su purificación, no deberá tocar ningún objeto que se use en el culto, ni podrá ir al santuario.

»Si le nace una niña, la madre será considerada impura durante dos semanas, como cuando tiene su período menstrual, y deberá seguir purificándose sesenta y seis días más.

6-7 »Tan pronto como la madre termine de purificarse por el nacimiento de su hijo o de su hija, deberá ir a la entrada del santuario. Allí presentará al sacerdote un cordero de un año, y una paloma o una tortolita. Entonces el sacerdote quemará el cordero en honor de Dios, y presentará la paloma o la tortolita como ofrenda para el perdón de pecados, y así la madre quedará purificada.

»Ésta es la ley para toda mujer que tenga un hijo o una hija. Pero si la mujer no tiene dinero para comprar un cordero, podrá presentar como ofrenda dos palomas o dos tortolitas. El sacerdote quemará una de ellas en honor de Dios, y la otra la presentará como ofrenda para el perdón de pecados. Así la mujer quedará purificada.»

Enfermedades de la piel

13 Dios les dijo a Moisés y a Aarón:

«Cuando alguien tenga en la piel hinchazones, manchas o llagas, deberá presentarse ante uno de los sacerdotes. El sacerdote le revisará la piel, y si el pelo en la llaga se ha puesto blanco y la llaga se ve más hundida que la piel, lo más seguro es que se trate de lepra, y por tanto el enfermo quedará impuro.

»Si la mancha es blanca, pero no se ve más hundida que la piel, ni el pelo se ha puesto blanco, entonces el sacerdote pondrá aparte al enfermo y a los siete días lo revisará otra vez. Si la llaga sigue igual y no se ha extendido, mantendrá apartado al enfermo siete días más. Pasados los siete días, lo volverá a revisar, y si la llaga no se extendió sino que desapareció, se trataba sólo de una irritación de la piel. Entonces el sacerdote declarará puro al enfermo, y el enfermo lavará sus ropas y quedará purificado.

»Si después de que el enfermo ha sido revisado y declarado puro, la irritación se extiende por la piel, entonces deberá presentarse de nuevo ante el sacerdote. Si después de revisar al enfermo, el sacerdote ve que la piel está toda irritada, entonces deberá declararlo impuro, pues se trata de lepra.

»La persona que tenga llagas en la piel será llevada ante el sacerdote 10 para que la revise. Si la hinchazón de la piel es blanca, y el pelo se ha puesto blanco, y en la hinchazón se ve la carne viva, 11 entonces se trata de un caso grave de lepra. El sacerdote deberá declarar impura a esa persona, y ya no será necesario que la tenga apartada.

12 »Puede suceder que una mancha se extienda rápidamente hasta cubrir todo el cuerpo. 13 El sacerdote revisará al enfermo, y si la mancha le ha cubierto todo el cuerpo, entonces deberá declararlo puro. Ha quedado puro, porque se trata sólo de una enfermedad de la piel. 14-15 Pero si llega a aparecer la carne viva, el sacerdote la examinará y deberá declararlo impuro, porque la carne viva es impura. Se trata de lepra.

16 »Si la carne viva vuelve a ponerse blanca, el enfermo deberá presentarse de nuevo ante el sacerdote. 17 Si el sacerdote ve que la llaga se ha puesto blanca, deberá declarar puro al enfermo.

18-19 »Si a alguien que tuvo la piel irritada, luego le aparece una hinchazón, o se le pone blanca o rojiza, deberá presentarse ante el sacerdote. 20 Si el sacerdote ve que se ha hundido la piel y que el pelo se ha puesto blanco, deberá declarar impura a esa persona, pues se ha contagiado de lepra. 21 Si el sacerdote no encuentra nada raro en la piel, mantendrá apartado al enfermo durante siete días. 22 Si la mancha en la piel se extiende cada vez más, deberá declarar impuro al enfermo; 23 por el contrario, si la mancha desaparece, deberá declararlo puro.

24 »Si alguien se quema con fuego, y sobre la quemadura se le forma una mancha rojiza, 25 el sacerdote revisará la mancha. Si en la mancha el pelo se ha puesto blanco y la piel se ha hundido, es porque la quemadura se ha convertido en lepra. Entonces el sacerdote deberá declarar impuro al enfermo. 26 Si el sacerdote no encuentra nada raro en la piel, mantendrá apartado al enfermo durante siete días. 27 Al séptimo día lo revisará, y si la mancha se ha extendido por la piel, deberá declarar impuro al enfermo. 28 Por el contrario, si la mancha no se ha extendido y tiende a desaparecer, lo declarará puro, pues se trata sólo de la cicatriz de la quemadura.

29 »Si a un hombre o a una mujer les sale una llaga en la cabeza o en el mentón, 30 el sacerdote deberá revisar la llaga. Si la piel se ve hundida y el pelo se ha puesto amarillento y es escaso, el sacerdote deberá declarar impuro al enfermo pues se trata de una clase de lepra.

31 »Si el sacerdote ve que la piel no se ha hundido, pero el pelo aún no ha sanado, mantendrá apartado al enfermo durante siete días. 32 Al séptimo día lo revisará, y si ve que la llaga no se ha extendido, 33 el enfermo se afeitará, pero dejará sin afeitar la parte afectada. El sacerdote lo mantendrá apartado siete días más, 34 y al séptimo día volverá a revisarlo. Si la llaga no se ha extendido por la piel, deberá declararlo puro. 35-37 Por el contrario, si ésta vuelve a extenderse, el sacerdote lo declarará impuro.

38 »Si a un hombre o a una mujer les salen manchas de color blanco opaco, 39 se trata de una simple enfermedad de la piel, y la persona será declarada pura.

40-41 »Si a un hombre se le cae el pelo, se queda calvo, o si pierde el pelo de la frente, no se le declarará impuro. 42 Pero si en la parte calva aparece una mancha rojiza y pálida, eso significa que la parte calva se ha cubierto de lepra. 43 En tal caso, el sacerdote lo revisará. Si ve que la mancha tiene el mismo aspecto que la lepra que brota en la piel, 44 ese hombre está leproso y, por lo tanto, deberá declararlo impuro.

45-46 »Los enfermos de lepra deberán romperse la ropa y andar despeinados, y mientras dure su enfermedad serán considerados gente impura. Vivirán apartados, fuera del campamento. Además, se cubrirán la mitad del rostro e irán gritando: “¡Soy impuro! ¡Soy impuro!”

Las manchas en la ropa y en los cueros

47 »A veces aparecen manchas en la ropa de lana y de lino, 48 y en los objetos de cuero. 49 Si la mancha es amarillenta o rojiza, se le mostrará al sacerdote 50 para que la examine, y el objeto se pondrá aparte durante siete días. 51-52 Al séptimo día, el sacerdote volverá a examinar la mancha, y si ésta se ha extendido, el objeto es impuro y deberá ser quemado, pues se trata de un hongo destructivo.

53 »Si la mancha no se ha extendido, 54 el sacerdote ordenará que se lave el lugar donde apareció la mancha y el objeto se pondrá aparte siete días más. 55 Una vez lavada la mancha, el sacerdote volverá a examinarla, y si no ha desaparecido, se quemará el objeto, pues es impuro.

56 »Si al lavar la prenda, la mancha pierde su color, el sacerdote deberá cortar el pedazo de tela o cuero manchado. 57 Si más tarde vuelve a aparecer la mancha en el objeto, éste deberá ser quemado. 58 Pero si la mancha desaparece por completo, el objeto volverá a lavarse y se declarará puro.

59 »Éstas son las instrucciones en cuanto a los objetos manchados, para saber cuándo son impuros y cuándo no lo son».

Footnotes

  1. Levítico 11:3 Rumiante: Animal que mastica por segunda vez lo que ha comido.

Animales limpios e inmundos

(Dt. 14.3-21)

11 Habló Jehová a Moisés y a Aarón, diciéndoles: Hablad a los hijos de Israel y decidles: Estos son los animales que comeréis de entre todos los animales que hay sobre la tierra. De entre los animales, todo el que tiene pezuña hendida y que rumia, este comeréis. Pero de los que rumian o que tienen pezuña, no comeréis estos: el camello, porque rumia pero no tiene pezuña hendida, lo tendréis por inmundo. También el conejo, porque rumia, pero no tiene pezuña, lo tendréis por inmundo. Asimismo la liebre, porque rumia, pero no tiene pezuña, la tendréis por inmunda. También el cerdo, porque tiene pezuñas, y es de pezuñas hendidas, pero no rumia, lo tendréis por inmundo. De la carne de ellos no comeréis, ni tocaréis su cuerpo muerto; los tendréis por inmundos.

Esto comeréis de todos los animales que viven en las aguas: todos los que tienen aletas y escamas en las aguas del mar, y en los ríos, estos comeréis. 10 Pero todos los que no tienen aletas ni escamas en el mar y en los ríos, así de todo lo que se mueve como de toda cosa viviente que está en las aguas, los tendréis en abominación. 11 Os serán, pues, abominación; de su carne no comeréis, y abominaréis sus cuerpos muertos. 12 Todo lo que no tuviere aletas y escamas en las aguas, lo tendréis en abominación.

13 Y de las aves, estas tendréis en abominación; no se comerán, serán abominación: el águila, el quebrantahuesos, el azor, 14 el gallinazo, el milano según su especie; 15 todo cuervo según su especie; 16 el avestruz, la lechuza, la gaviota, el gavilán según su especie; 17 el búho, el somormujo, el ibis, 18 el calamón, el pelícano, el buitre, 19 la cigüeña, la garza según su especie, la abubilla y el murciélago.

20 Todo insecto alado que anduviere sobre cuatro patas, tendréis en abominación. 21 Pero esto comeréis de todo insecto alado que anda sobre cuatro patas, que tuviere piernas además de sus patas para saltar con ellas sobre la tierra; 22 estos comeréis de ellos: la langosta según su especie, el langostín según su especie, el argol según su especie, y el hagab según su especie. 23 Todo insecto alado que tenga cuatro patas, tendréis en abominación.

24 Y por estas cosas seréis inmundos; cualquiera que tocare sus cuerpos muertos será inmundo hasta la noche, 25 y cualquiera que llevare algo de sus cadáveres lavará sus vestidos, y será inmundo hasta la noche. 26 Todo animal de pezuña, pero que no tiene pezuña hendida, ni rumia, tendréis por inmundo; y cualquiera que los tocare será inmundo. 27 Y de todos los animales que andan en cuatro patas, tendréis por inmundo a cualquiera que ande sobre sus garras; y todo el que tocare sus cadáveres será inmundo hasta la noche. 28 Y el que llevare sus cadáveres, lavará sus vestidos, y será inmundo hasta la noche; los tendréis por inmundos.

29 Y tendréis por inmundos a estos animales que se mueven sobre la tierra: la comadreja, el ratón, la rana según su especie, 30 el erizo, el cocodrilo, el lagarto, la lagartija y el camaleón. 31 Estos tendréis por inmundos de entre los animales que se mueven, y cualquiera que los tocare cuando estuvieren muertos será inmundo hasta la noche. 32 Y todo aquello sobre lo que cayere algo de ellos después de muertos, será inmundo; sea cosa de madera, vestido, piel, saco, sea cualquier instrumento con que se trabaja, será metido en agua, y quedará inmundo hasta la noche; entonces quedará limpio. 33 Toda vasija de barro dentro de la cual cayere alguno de ellos será inmunda, así como todo lo que estuviere en ella, y quebraréis la vasija. 34 Todo alimento que se come, sobre el cual cayere el agua de tales vasijas, será inmundo; y toda bebida que hubiere en esas vasijas será inmunda. 35 Todo aquello sobre lo que cayere parte del cadáver de ellos será inmundo; el horno u hornillos se derribarán; son inmundos, y por inmundos los tendréis. 36 Con todo, la fuente y la cisterna donde se recogen aguas serán limpias; mas lo que hubiere tocado en los cadáveres será inmundo. 37 Y si cayere algo de los cadáveres sobre alguna semilla que se haya de sembrar, será limpia. 38 Mas si se hubiere puesto agua en la semilla, y cayere algo de los cadáveres sobre ella, la tendréis por inmunda.

39 Y si algún animal que tuviereis para comer muriere, el que tocare su cadáver será inmundo hasta la noche. 40 Y el que comiere del cuerpo muerto, lavará sus vestidos y será inmundo hasta la noche; asimismo el que sacare el cuerpo muerto, lavará sus vestidos y será inmundo hasta la noche.

41 Y todo reptil que se arrastra sobre la tierra es abominación; no se comerá. 42 Todo lo que anda sobre el pecho, y todo lo que anda sobre cuatro o más patas, de todo animal que se arrastra sobre la tierra, no lo comeréis, porque es abominación. 43 No hagáis abominables vuestras personas con ningún animal que se arrastra, ni os contaminéis con ellos, ni seáis inmundos por ellos. 44 Porque yo soy Jehová vuestro Dios; vosotros por tanto os santificaréis, y seréis santos, porque yo soy santo;(A) así que no contaminéis vuestras personas con ningún animal que se arrastre sobre la tierra. 45 Porque yo soy Jehová, que os hago subir de la tierra de Egipto para ser vuestro Dios: seréis, pues, santos, porque yo soy santo.

46 Esta es la ley acerca de las bestias, y las aves, y todo ser viviente que se mueve en las aguas, y todo animal que se arrastra sobre la tierra, 47 para hacer diferencia entre lo inmundo y lo limpio, y entre los animales que se pueden comer y los animales que no se pueden comer.

La purificación de la mujer después del parto

12 Habló Jehová a Moisés, diciendo: Habla a los hijos de Israel y diles: La mujer cuando conciba y dé a luz varón, será inmunda siete días; conforme a los días de su menstruación será inmunda. Y al octavo día se circuncidará al niño.(B) Mas ella permanecerá treinta y tres días purificándose de su sangre; ninguna cosa santa tocará, ni vendrá al santuario, hasta cuando sean cumplidos los días de su purificación. Y si diere a luz hija, será inmunda dos semanas, conforme a su separación, y sesenta y seis días estará purificándose de su sangre.

Cuando los días de su purificación fueren cumplidos, por hijo o por hija, traerá un cordero de un año para holocausto, y un palomino o una tórtola para expiación, a la puerta del tabernáculo de reunión, al sacerdote; y él los ofrecerá delante de Jehová, y hará expiación por ella, y será limpia del flujo de su sangre. Esta es la ley para la que diere a luz hijo o hija. Y si no tiene lo suficiente para un cordero, tomará entonces dos tórtolas o dos palominos,(C) uno para holocausto y otro para expiación; y el sacerdote hará expiación por ella, y será limpia.

Leyes acerca de la lepra

13 Habló Jehová a Moisés y a Aarón, diciendo: Cuando el hombre tuviere en la piel de su cuerpo hinchazón, o erupción, o mancha blanca, y hubiere en la piel de su cuerpo como llaga de lepra, será traído a Aarón el sacerdote o a uno de sus hijos los sacerdotes. Y el sacerdote mirará la llaga en la piel del cuerpo; si el pelo en la llaga se ha vuelto blanco, y pareciere la llaga más profunda que la piel de la carne, llaga de lepra es; y el sacerdote le reconocerá, y le declarará inmundo. Y si en la piel de su cuerpo hubiere mancha blanca, pero que no pareciere más profunda que la piel, ni el pelo se hubiere vuelto blanco, entonces el sacerdote encerrará al llagado por siete días. Y al séptimo día el sacerdote lo mirará; y si la llaga conserva el mismo aspecto, no habiéndose extendido en la piel, entonces el sacerdote le volverá a encerrar por otros siete días. Y al séptimo día el sacerdote le reconocerá de nuevo; y si parece haberse oscurecido la llaga, y que no ha cundido en la piel, entonces el sacerdote lo declarará limpio: era erupción; y lavará sus vestidos, y será limpio. Pero si se extendiere la erupción en la piel después que él se mostró al sacerdote para ser limpio, deberá mostrarse otra vez al sacerdote. Y si reconociéndolo el sacerdote ve que la erupción se ha extendido en la piel, lo declarará inmundo: es lepra.

Cuando hubiere llaga de lepra en el hombre, será traído al sacerdote. 10 Y este lo mirará, y si apareciere tumor blanco en la piel, el cual haya mudado el color del pelo, y se descubre asimismo la carne viva, 11 es lepra crónica en la piel de su cuerpo; y le declarará inmundo el sacerdote, y no le encerrará, porque es inmundo. 12 Mas si brotare la lepra cundiendo por la piel, de modo que cubriere toda la piel del llagado desde la cabeza hasta sus pies, hasta donde pueda ver el sacerdote, 13 entonces este le reconocerá; y si la lepra hubiere cubierto todo su cuerpo, declarará limpio al llagado; toda ella se ha vuelto blanca, y él es limpio. 14 Mas el día que apareciere en él la carne viva, será inmundo. 15 Y el sacerdote mirará la carne viva, y lo declarará inmundo. Es inmunda la carne viva; es lepra. 16 Mas cuando la carne viva cambiare y se volviere blanca, entonces vendrá al sacerdote, 17 y el sacerdote mirará; y si la llaga se hubiere vuelto blanca, el sacerdote declarará limpio al que tenía la llaga, y será limpio.

18 Y cuando en la piel de la carne hubiere divieso, y se sanare, 19 y en el lugar del divieso hubiere una hinchazón, o una mancha blanca rojiza, será mostrado al sacerdote. 20 Y el sacerdote mirará; y si pareciere estar más profunda que la piel, y su pelo se hubiere vuelto blanco, el sacerdote lo declarará inmundo; es llaga de lepra que se originó en el divieso. 21 Y si el sacerdote la considerare, y no apareciere en ella pelo blanco, ni fuere más profunda que la piel, sino oscura, entonces el sacerdote le encerrará por siete días; 22 y si se fuere extendiendo por la piel, entonces el sacerdote lo declarará inmundo; es llaga. 23 Pero si la mancha blanca se estuviere en su lugar, y no se hubiere extendido, es la cicatriz del divieso, y el sacerdote lo declarará limpio.

24 Asimismo cuando hubiere en la piel del cuerpo quemadura de fuego, y hubiere en lo sanado del fuego mancha blanquecina, rojiza o blanca, 25 el sacerdote la mirará; y si el pelo se hubiere vuelto blanco en la mancha, y esta pareciere ser más profunda que la piel, es lepra que salió en la quemadura; y el sacerdote lo declarará inmundo, por ser llaga de lepra. 26 Mas si el sacerdote la mirare, y no apareciere en la mancha pelo blanco, ni fuere más profunda que la piel, sino que estuviere oscura, le encerrará el sacerdote por siete días. 27 Y al séptimo día el sacerdote la reconocerá; y si se hubiere ido extendiendo por la piel, el sacerdote lo declarará inmundo; es llaga de lepra. 28 Pero si la mancha se estuviere en su lugar, y no se hubiere extendido en la piel, sino que estuviere oscura, es la cicatriz de la quemadura; el sacerdote lo declarará limpio, porque señal de la quemadura es.

29 Y al hombre o mujer que le saliere llaga en la cabeza, o en la barba, 30 el sacerdote mirará la llaga; y si pareciere ser más profunda que la piel, y el pelo de ella fuere amarillento y delgado, entonces el sacerdote le declarará inmundo; es tiña, es lepra de la cabeza o de la barba. 31 Mas cuando el sacerdote hubiere mirado la llaga de la tiña, y no pareciere ser más profunda que la piel, ni hubiere en ella pelo negro, el sacerdote encerrará por siete días al llagado de la tiña; 32 y al séptimo día el sacerdote mirará la llaga; y si la tiña no pareciere haberse extendido, ni hubiere en ella pelo amarillento, ni pareciere la tiña más profunda que la piel, 33 entonces le hará que se rasure, pero no rasurará el lugar afectado; y el sacerdote encerrará por otros siete días al que tiene la tiña. 34 Y al séptimo día mirará el sacerdote la tiña; y si la tiña no hubiere cundido en la piel, ni pareciere ser más profunda que la piel, el sacerdote lo declarará limpio; y lavará sus vestidos y será limpio. 35 Pero si la tiña se hubiere ido extendiendo en la piel después de su purificación, 36 entonces el sacerdote la mirará; y si la tiña hubiere cundido en la piel, no busque el sacerdote el pelo amarillento; es inmundo. 37 Mas si le pareciere que la tiña está detenida, y que ha salido en ella el pelo negro, la tiña está sanada; él está limpio, y limpio lo declarará el sacerdote.

38 Asimismo cuando el hombre o la mujer tuviere en la piel de su cuerpo manchas, manchas blancas, 39 el sacerdote mirará, y si en la piel de su cuerpo aparecieren manchas blancas algo oscurecidas, es empeine que brotó en la piel; está limpia la persona.

40 Y el hombre, cuando se le cayere el cabello, es calvo, pero limpio. 41 Y si hacia su frente se le cayere el cabello, es calvo por delante, pero limpio. 42 Mas cuando en la calva o en la antecalva hubiere llaga blanca rojiza, lepra es que brota en su calva o en su antecalva. 43 Entonces el sacerdote lo mirará, y si pareciere la hinchazón de la llaga blanca rojiza en su calva o en su antecalva, como el parecer de la lepra de la piel del cuerpo, 44 leproso es, es inmundo, y el sacerdote lo declarará luego inmundo; en su cabeza tiene la llaga.

45 Y el leproso en quien hubiere llaga llevará vestidos rasgados y su cabeza descubierta, y embozado pregonará: ¡Inmundo! ¡Inmundo! 46 Todo el tiempo que la llaga estuviere en él, será inmundo; estará impuro, y habitará solo; fuera del campamento será su morada.

47 Cuando en un vestido hubiere plaga de lepra, ya sea vestido de lana, o de lino, 48 o en urdimbre o en trama de lino o de lana, o en cuero, o en cualquiera obra de cuero; 49 y la plaga fuere verdosa, o rojiza, en vestido o en cuero, en urdimbre o en trama, o en cualquiera obra de cuero; plaga es de lepra, y se ha de mostrar al sacerdote. 50 Y el sacerdote mirará la plaga, y encerrará la cosa plagada por siete días. 51 Y al séptimo día mirará la plaga; y si se hubiere extendido la plaga en el vestido, en la urdimbre o en la trama, en el cuero, o en cualquiera obra que se hace de cuero, lepra maligna es la plaga; inmunda será. 52 Será quemado el vestido, la urdimbre o trama de lana o de lino, o cualquiera obra de cuero en que hubiere tal plaga, porque lepra maligna es; al fuego será quemada.

53 Y si el sacerdote mirare, y no pareciere que la plaga se haya extendido en el vestido, en la urdimbre o en la trama, o en cualquiera obra de cuero, 54 entonces el sacerdote mandará que laven donde está la plaga, y lo encerrará otra vez por siete días. 55 Y el sacerdote mirará después que la plaga fuere lavada; y si pareciere que la plaga no ha cambiado de aspecto, aunque no se haya extendido la plaga, inmunda es; la quemarás al fuego; es corrosión penetrante, esté lo raído en el derecho o en el revés de aquella cosa.

56 Mas si el sacerdote la viere, y pareciere que la plaga se ha oscurecido después que fue lavada, la cortará del vestido, del cuero, de la urdimbre o de la trama. 57 Y si apareciere de nuevo en el vestido, la urdimbre o trama, o en cualquiera cosa de cuero, extendiéndose en ellos, quemarás al fuego aquello en que estuviere la plaga. 58 Pero el vestido, la urdimbre o la trama, o cualquiera cosa de cuero que lavares, y que se le quitare la plaga, se lavará por segunda vez, y entonces será limpia.

59 Esta es la ley para la plaga de la lepra del vestido de lana o de lino, o de urdimbre o de trama, o de cualquiera cosa de cuero, para que sea declarada limpia o inmunda.